El Tribunal Superior de Bogotá negó la tutela interpuesta por el expresidente Álvaro Uribe Vélez contra la juez Sandra Heredia, quien lleva su caso, y emitió un contundente llamado a las partes para que actúen con “lealtad” hacia la administración de justicia. La decisión se da en medio de un proceso que enfrenta problemas de prescripción y donde, según los magistrados, no se ha vulnerado el derecho a la defensa del exmandatario.
Uribe había presentado la acción judicial argumentando que la programación de audiencias sin consultar su agenda afectaba su derecho al debido proceso. En concreto, su defensa alegó que la juez Heredia no tuvo en cuenta sus compromisos previos en otros procesos, lo que, según ellos, menoscababa su derecho a la defensa. Sin embargo, el Tribunal consideró que no hubo tal vulneración y respaldó la gestión de la juez.
El llamado a la lealtad y la prescripción
En su fallo, los magistrados hicieron un llamado explícito a las partes para que actúen con “lealtad” hacia la administración de justicia, especialmente teniendo en cuenta que el proceso enfrenta problemas de prescripción. “Más aún cuando se trata de un proceso con problemas de prescripción, en el que es necesario que se adopten las medidas de dirección oportunas que permitan arribar a una decisión definitiva, independiente del sentido en el que se adopte”, señaló el Tribunal.
Además, el fallo destacó que no es obligación de la juez consultar las agendas de los abogados para programar audiencias. “No le corresponde al juez atender los intereses de todos los clientes que tenga la defensa, le compete notificar debidamente las fechas que programa”, sentenciaron los magistrados.
Respuesta a los argumentos de la defensa
La defensa de Uribe había solicitado el aplazamiento de una audiencia programada para el 28 de febrero, argumentando que el expresidente tenía otro compromiso judicial ese mismo día. Sin embargo, el Tribunal respaldó la decisión de la juez Heredia de no posponer la audiencia, señalando que no era necesario que Uribe estuviera presente siempre y cuando sus abogados asistieran.
Asimismo, el Tribunal respaldó a la juez en su gestión para verificar si la audiencia que la defensa presentó como justificación para el aplazamiento estaba en firme. Los magistrados determinaron que no hubo extralimitación por parte de Heredia y, al contrario, se detectó que la audiencia no podría realizarse porque no había fiscal asignado.
Ausencia de Uribe en la audiencia
El fallo también abordó la ausencia de Uribe en una de las audiencias, donde se le permitió contrainterrogar a un testigo. Según el Tribunal, el expresidente regresó a la audiencia después de asistir a otro compromiso judicial, pero decidió no realizar el contrainterrogatorio, argumentando que no sabía qué se le había preguntado.
“La ausencia del procesado en libertad en una audiencia no merma su validez y es suficiente con que se cuente con su apoderado técnico de confianza”, indicó el Tribunal.
¿Qué sigue en el caso?
Con la negación de la tutela, el proceso judicial contra Álvaro Uribe sigue su curso, mientras las partes deben actuar bajo el principio de lealtad que exige el Tribunal. El caso, que enfrenta problemas de prescripción, continúa generando debate sobre la administración de justicia y los derechos de las partes involucradas.
Mientras tanto, la defensa del expresidente tendrá que ajustarse a las fechas programadas por la juez Heredia, sin posibilidad de aplazamientos injustificados, según lo establecido por el Tribunal.
Humberto ‘Toto’ Torres