El Tribunal Superior de Bogotá rechazó la acción de tutela interpuesta por la defensa del expresidente Álvaro Uribe Vélez, lo que permite la reanudación del juicio en su contra por los delitos de soborno, fraude procesal y soborno en actuación penal. Con esta decisión, se levanta la medida provisional que había suspendido el proceso judicial, marcando un nuevo capítulo en este caso que ha captado la atención nacional e internacional.
La Sala Penal del Tribunal Superior declaró improcedente la tutela presentada por la defensa de Uribe, argumentando que no cumplía con los requisitos de procedibilidad. En su fallo, el Tribunal señaló: “Declarar improcedente el amparo constitucional deprecado por el ciudadano Álvaro Uribe Vélez, a través de apoderado”. Esta decisión implica que la jueza 44 Penal del Circuito de Bogotá, Sandra Heredia, podrá retomar el juicio oral en el caso radicado bajo el número 110016000102-2020-00276-00.
Argumentos de la defensa de Uribe
El abogado defensor, Jaime Granados, sostuvo que la jueza Heredia habría vulnerado el debido proceso durante una audiencia celebrada el 10 de febrero. Según la defensa, la jueza rechazó de plano una recusación presentada en su contra, argumentando que sus actuaciones comprometían su imparcialidad. Granados señaló que la jueza priorizó la celeridad procesal sobre las garantías del acusado, descalificó constantemente a la defensa y negó pruebas de descargo consideradas relevantes.
“Se han desconocido las garantías procesales mínimas para la defensa del doctor Álvaro Uribe Vélez, lo que atenta contra el principio de imparcialidad y equidad judicial”, afirmó Granados en el recurso de tutela.
Decisión del Tribunal Superior
Tras revisar los argumentos presentados, el Tribunal Superior determinó que la jueza Heredia actuó dentro del marco legal y que el rechazo de la recusación no implicó una vulneración a los derechos fundamentales de Uribe. El fallo subrayó que la recusación no cumplía con los requisitos establecidos en el artículo 56 del Código de Procedimiento Penal, que regula las causales de impedimento y recusación de jueces.
“No se evidencia una violación del derecho al debido proceso ni una afectación sustancial que justifique la intervención de la tutela”, precisó el Tribunal en su decisión.
Además, el fallo destacó que tanto la Fiscalía como la vocería de las víctimas se opusieron a la recusación y respaldaron la continuidad del proceso con la jueza Heredia. El Ministerio Público también solicitó que se garantizara el trámite adecuado sin interrupciones.
“La jueza 44 Penal del Circuito ha actuado dentro de sus competencias y conforme a la normatividad procesal”, señaló el Tribunal.
Reanudación del juicio
Con esta decisión, el Tribunal ordenó levantar la medida provisional que suspendía el juicio y otorgó a la jueza Heredia la facultad de reanudar el proceso en cualquier momento. “La continuación del juicio es un acto necesario para la garantía de justicia y transparencia en el proceso”, destacó el fallo.
El Tribunal también reiteró que la jueza cuenta con la potestad de continuar el juicio conforme a lo establecido en la parte motiva del fallo, lo que implica que el proceso contra el exmandatario podría reanudarse en cualquier momento. “Esta determinación se toma en garantía del principio de celeridad y en cumplimiento de los derechos de todas las partes involucradas en el proceso penal”, concluyó el Tribunal.
Este fallo marca un hito en el caso contra Uribe, quien enfrenta cargos por presuntos delitos de soborno y fraude procesal, y reafirma la importancia de garantizar la celeridad y transparencia en los procesos judiciales en Colombia.
Humberto ‘Toto’ Torres