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16 septiembre, 2026La Superintendencia detectó fallas en garantías, información previa de productos y reversión de pagos en compras electrónicas.
La SIC sancionó a Productos EPA Colombia S.A.S. con una multa de $140.476.000 por incumplir normas de protección al consumidor en la comercialización de productos por internet. La decisión, emitida el 16 de septiembre de 2026 en Bogotá, está relacionada con las condiciones de garantía y la información entregada a los compradores.
La investigación de la Superintendencia de Industria y Comercio se originó por posibles incumplimientos de la Ley 1480 de 2011, conocida como Estatuto del Consumidor. Entre los productos revisados estuvo el “Acondicionador Kolors (Post Cuidado) – Keratina (verde) 300 ml”.
Uno de los cargos se relacionó con una política de reembolso publicada en la página web de la empresa. Según la SIC, esta política excluía la responsabilidad frente a productos adquiridos mediante “distribuidores o terceros”, una condición que desconocería la responsabilidad solidaria que la legislación establece para el productor frente al consumidor.
La autoridad también encontró deficiencias en la información que debía recibir el comprador antes de aceptar una oferta por internet. La página no suministraba oportunamente características esenciales de uno de los productos, ni información sobre el derecho de retracto y el procedimiento para ejercerlo.
La SIC señaló además que el sitio web no tenía dispuesto un enlace visible y fácilmente identificable hacia la autoridad de protección al consumidor. Este requisito hace parte de las obligaciones que deben cumplir los proveedores que utilizan canales electrónicos para comercializar sus productos.
El tercer cargo estuvo relacionado con el derecho a la reversión del pago. De acuerdo con la investigación, la empresa no informó oportunamente a sus consumidores sobre la posibilidad de solicitar la devolución de los recursos en determinadas compras realizadas mediante medios electrónicos.
La sanción corresponde a 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes, equivalentes a 11.600 UVB, según la decisión comunicada por la entidad. La medida todavía puede ser controvertida mediante los recursos de reposición y apelación.
El caso deja una advertencia para los negocios que comercializan productos a través de plataformas digitales. La venta por internet no elimina las obligaciones previstas en el Estatuto del Consumidor y exige que la información sobre productos, garantías y derechos esté disponible de manera clara, completa y oportuna.
Para los consumidores, la decisión refuerza la relevancia de revisar las condiciones de una compra digital antes de efectuar el pago. Para los proveedores, el cumplimiento de estas reglas será determinante para evitar nuevas investigaciones y sanciones relacionadas con sus canales de comercio electrónico.




