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4 mayo, 2026¿Qué penas y multas se impusieron a los implicados en los ataques a la Fuerza Pública y a Transmilenio?
Sentencia del Tribunal Superior: el estallido social obedeció a una estrategia de guerra urbana
¿Qué pruebas llevaron al tribunal a concluir coordinación con grupos armados en los disturbios?
El Tribunal Superior de Bogotá, a través de su Sala de Decisión Penal, confirmó en segunda instancia una sentencia emitida en julio de 2023 que condena a varios implicados en hechos de violencia registrados durante el denominado estallido social. La decisión, proferida en mayo de 2024 con ponencia del magistrado Jaime Andrés Velasco Muñoz, concluyó que los actos investigados no correspondieron a manifestaciones espontáneas, sino a acciones coordinadas con participación de estructuras armadas ilegales.
Según el fallo, los procesados mantuvieron vínculos con el bloque “Segundo Manuel Marulanda Vélez” de las extintas FARC y actuaron bajo directrices definidas. “Los implicados actuaban bajo un mando unificado para atacar sistemáticamente a la Fuerza Pública y también al sistema de transporte masivo de TransMilenio”, señala la sentencia, que además precisa que estas conductas excedieron los límites del ejercicio legítimo del derecho a la protesta.
El tribunal calificó los hechos como parte de una “estrategia de guerra urbana financiada y avalada” por cabecillas de disidencias identificados como alias “Iván Mordisco” y alias “Gentil Duarte”. En su análisis, la Sala sostuvo que no se trató de una reacción social aislada, sino de una planificación previa con intervención directa de estructuras armadas en entornos urbanos, orientada a afectar la institucionalidad.
Dentro del material probatorio, el fallo destaca interceptaciones telefónicas y evidencia digital que darían cuenta de la organización de los disturbios mediante redes de mensajería instantánea. Los investigados habrían creado grupos de WhatsApp asociados a corredores estratégicos de la ciudad como “Américas”, “Carrera Séptima”, “Autonorte”, “Autosur” y “Caracas”, desde donde se coordinaban acciones como bloqueos viales, ataques a buses del sistema, saqueos y daños a infraestructura.
El fallo también señala que existía una estructura jerárquica con roles definidos entre los participantes, con validaciones de mando que, según la sentencia, evidencian una organización con características similares a esquemas de grupos armados. “Los líderes locales contaban con el aval personalizado del central”, precisa el documento, al referirse a la existencia de una cadena de mando en la ejecución de los hechos.
En cuanto a las sanciones, el Tribunal confirmó penas de hasta 19 años de prisión para tres de los principales acusados por los delitos de terrorismo y concierto para delinquir, mientras que una cuarta persona fue condenada a 10 años. Adicionalmente, se impusieron multas que superan los 1.000 millones de pesos, destinadas a reparar los daños ocasionados a bienes públicos y privados durante los disturbios.
La decisión abarca hechos ocurridos en distintos momentos entre 2019 y 2021, incluyendo episodios de octubre y noviembre de 2019, septiembre de 2020 y el periodo comprendido entre abril y junio de 2021. El tribunal indicó que estos eventos presentaron patrones similares en términos de planeación, ejecución de ataques y objetivos, aunque aclaró que el alcance del fallo se limita a las conductas de los procesados y no a la totalidad de las manifestaciones registradas en el país durante esos años.
Juan Joya




