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Multas por desperdicio de agua, cobros adicionales por consumo exagerado: las nuevas medidas de la alcaldía

El alcalde Carlos Fernando Galán indicó que el consumo de agua en la ciudad sigue siendo alto y los niveles de los embalses siguen a la baja. Ante este panorama, el mandatario aseguró que los hogares que consuman más allá del mínimo de consumo por hogar, es decir, que superen los 22 metros cúbicos de agua, deberán pagar una mayor tarifa.

En el marco de la campaña #JuntosPorElAgua, el alcalde aseguró: “Bogotá completa 4 días por debajo del promedio de consumo de agua en la ciudad, pero todavía no es suficiente para aliviar la situación de los embalses. Además de las restricciones ya anunciadas, es clave insistir en que necesitamos con urgencia cambiar nuestro comportamiento para consumir menos agua. La situación es crítica y por eso, hemos decidido tomar medidas adicionales”.

Además, señaló que habría sanciones desde 900 mil hasta un millón 200 mil pesos por desperdicio de agua e incluso hasta cierres de establecimientos que usen de manera inadecuada el líquido vital.

El mandatario también indicó que se implementarían medidas policivas para evitar el mal uso del agua en la ciudad. Adicionalmente, explicó cuáles serían los canales de denuncia por dichos comportamientos de consumo excesivo del agua, como el correo juntosporelagua@gobiernobogota.gov.co y las redes sociales de la administración distrital de Bogotá para recibir reportes de comportamientos que atenten contra el uso adecuado del agua.

Así, de la mano de la Policía, se procederá a imponer comparendos, multas u otras sanciones como la suspensión de la actividad económica.

El artículo 100 del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana contiene los comportamientos que atentan contra el adecuado uso del recurso hídrico con sanciones que van desde la amonestación hasta la multa tipo 4 y la suspensión de la actividad.

Los comportamientos señalados son los siguientes:  

1. Utilizarla en actividades diferentes a la respectiva autorización ambiental.

 2. Arrojar sustancias contaminantes, residuos o desechos a los cuerpos de agua. 

3. Deteriorar, dañar o alterar los cuerpos de agua, zonas de ronda hídrica y zonas de manejo y preservación ambiental en cualquier forma. 

4. Captar agua de las fuentes hídricas sin la autorización de la autoridad ambiental. 

5. Lavar bienes muebles en el espacio público, vía pública, ríos, canales y quebradas. 

6. Realizar cualquier actividad en contra de la normatividad sobre conservación y preservación de humedales, y sobre cananguchales y morichales. 

Finalmente el alcalde también garantizo que se hará un acompañamiento a edificaciones indispensables, como colegios y hospitales se mantendrá tal como ha venido funcionando, de manera que, por ninguna circunstancia, se queden sin agua.

Paola Martínez Burgos