
Rescatan a comerciante secuestrado en Bogotá y cae red señalada de servir al Clan del Golfo
17 septiembre, 2026
Moción de censura contra Mindefensa llega a votación con apoyo de varias bancadas
17 septiembre, 2026Bombardeos en Colombia quedan sujetos a verificaciones adicionales cuando exista información sobre menores o civiles en la zona, según una medida provisional adoptada por el Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Cúcuta.
La decisión fue emitida tras una acción de tutela presentada por Natalia Bernal Cano, en representación de comunidades y población civil de zonas donde se han registrado o podrían registrarse operaciones militares. El despacho ordenó al Gobierno y a las Fuerzas Militares abstenerse de realizar operaciones aéreas ofensivas cuando exista información objetiva sobre posibles afectados.
El juzgado estableció que, antes de ejecutar un bombardeo, las autoridades deberán agotar las verificaciones y medidas de precaución disponibles para establecer quiénes se encuentran en el área y determinar el riesgo para niños, adolescentes y población civil.
La orden también contempla escenarios en los que la situación no haya podido esclarecerse. En esos casos, según la decisión reportada, la operación aérea no deberá ejecutarse mientras persista la incertidumbre sobre la presencia de población protegida.
El despacho aclaró que la medida tiene carácter provisional y no representa una prohibición general de las operaciones militares ni anticipa una decisión sobre su legalidad. La tutela continuará su trámite mientras las autoridades responden a los cuestionamientos planteados.
La decisión de Cúcuta llega después de otras actuaciones judiciales relacionadas con el uso de bombardeos en zonas donde podrían encontrarse menores reclutados por grupos armados. En Bogotá, una medida adoptada a comienzos de septiembre había restringido estas operaciones cuando existiera información objetiva sobre la presencia de niños, niñas o adolescentes.
El panorama judicial cambió parcialmente con el fallo de fondo de la jueza 34 de Familia de Bogotá, Marggy Viviana Arciniegas. El despacho levantó la medida cautelar inicial, pero estableció un estándar reforzado de precaución cuando exista información cierta, objetiva o razonablemente verificable sobre la presencia de menores.
Entre las circunstancias que alimentaron el debate está la operación realizada el 27 de agosto en El Retorno, Guaviare, donde murieron tres menores que, según las autoridades, habían sido reclutados por estructuras armadas. El caso provocó cuestionamientos sobre los protocolos utilizados en este tipo de operaciones.
Las decisiones judiciales también coinciden con el debate político alrededor de la actuación de la Fuerza Pública y del Ministerio de Defensa. El Congreso ha citado al ministro Jorge Eduardo Mora a responder por las operaciones militares, en un escenario donde la protección de menores reclutados y el cumplimiento de las obligaciones del Estado están en el centro de la discusión.
Para las comunidades del Catatumbo y otras zonas afectadas por el conflicto, la decisión introduce un requisito adicional de verificación antes de ataques aéreos cuando pueda existir población protegida. Para las Fuerzas Militares, el alcance de estas restricciones deberá definirse a medida que avancen los procesos judiciales.
El trámite de la tutela en Cúcuta y el cumplimiento de las órdenes emitidas en Bogotá podrían llevar a nuevas precisiones sobre cómo deben actuar las autoridades cuando la inteligencia militar advierta la posible presencia de menores o civiles en un objetivo. Ese será uno de los puntos centrales de las próximas decisiones judiciales.




