
ELN destruyó estación de Policía de Guamalito tras retiro de uniformados
11 septiembre, 2026
MinAgricultura destina $12.000 millones para convertir al Chocó en un ‘departamento Milagro’
11 septiembre, 2026La juez 34 de Familia de Bogotá rechazó la impugnación del Gobierno y mantuvo vigente la medida cautelar.
La juez 34 de Familia de Bogotá, Marggy Viviana Arciniegas, mantuvo la medida que condiciona los bombardeos cuando exista información objetiva sobre menores reclutados por grupos armados. La decisión fue adoptada tras declarar improcedente la impugnación presentada por el Gobierno Nacional y la cúpula militar.
La determinación mantiene vigente la orden adoptada el pasado 2 de septiembre. Antes de ejecutar un ataque aéreo, las autoridades deberán verificar la información sobre la presencia de niños, niñas y adolescentes reclutados y evaluar otras alternativas.
La medida no suspende todas las operaciones militares
La juez precisó que la decisión no implica una paralización general de las operaciones militares ni desconoce las competencias constitucionales del presidente de la República.
En el auto, Arciniegas sostuvo que “no existen razones suficientes para revocar la medida decretada”, al considerar que los argumentos presentados por las autoridades no desvirtuaron las circunstancias que llevaron a adoptar la medida cautelar.
La decisión se fundamenta en la necesidad de verificar las condiciones de necesidad, urgencia, conexidad y proporcionalidad antes de realizar operaciones aéreas cuando exista información objetiva sobre menores vinculados a grupos armados.
Gobierno y cúpula militar tendrán un día para responder
Aunque rechazó la impugnación, la juez ordenó a los accionados complementar en un plazo de un día sus respuestas a la acción de tutela. La orden cobija al presidente Abelardo de la Espriella, al ministro de Defensa, Jorge Eduardo Mora López, y al ministro del Interior, Rodrigo Lara Restrepo.
También deberán responder los comandantes de las Fuerzas Militares, el Ejército Nacional, la Fuerza Aeroespacial Colombiana y la Armada Nacional. Cada autoridad deberá explicar las actuaciones implementadas y su fundamento jurídico, técnico u operacional frente a las pretensiones de la tutela.
El requerimiento busca que las entidades se pronuncien de manera individual y de fondo sobre las solicitudes planteadas en el proceso, además de aportar los documentos que respalden sus argumentos.
Entidades deberán pronunciarse sobre el reclutamiento
La juez también vinculó al proceso a varias instituciones relacionadas con la protección de niños, niñas y adolescentes. Entre ellas están la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría General de la Nación y la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos.
También fueron requeridas la Comisión Intersectorial para la Prevención del Reclutamiento, Uso, Utilización y Violencia Sexual contra Niños, Niñas y Adolescentes (CIPRUNNA) y la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV).
Estas entidades deberán entregar sus pronunciamientos sobre el reclutamiento forzado de menores en Colombia en un plazo máximo de una hora hábil, según el auto judicial.
La decisión mantiene abierto el debate sobre los límites de las operaciones aéreas contra grupos armados cuando exista riesgo para menores reclutados. El Gobierno y la cúpula militar tendrán que responder ahora a los nuevos requerimientos judiciales, mientras el proceso de tutela continúa su curso.




