
Iván Cepeda descarta una Asamblea Constituyente y propone un acuerdo nacional para enfrentar la crisis de salud y seguridad
16 junio, 2026
Lidio García desmiente hundimiento de la jurisdicción agraria y advierte: “Si quieren que se hunda, que se hunda”
17 junio, 2026Un juez de Medellín impuso una medida provisional al presidente Gustavo Petro que le prohíbe realizar manifestaciones con contenido electoral mediante canales oficiales, alocuciones y publicaciones en la red social X, mientras se resuelve una acción de tutela relacionada con una presunta participación indebida en política.
La decisión fue adoptada por el Juzgado Veintinueve Laboral del Circuito de Medellín, que admitió una acción de tutela presentada por el ciudadano Juan Diego Ríos Rojas contra el jefe de Estado. El recurso judicial argumenta una posible vulneración de derechos fundamentales derivada de la presunta intervención del mandatario en el actual proceso electoral. Como parte del trámite, la jueza Anny Carolina Goenaga Peláez ordenó notificar al presidente y le concedió dos días para responder a los señalamientos planteados en la demanda.
Además, el despacho judicial solicitó a la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes informar sobre el número y estado de los procesos que actualmente cursan contra el mandatario por presuntas conductas relacionadas con participación en política.
Medida provisional mientras se estudia la tutela
La jueza consideró que existen elementos suficientes para adoptar una medida urgente mientras se analiza de fondo el caso. Para sustentar su decisión, tuvo en cuenta una providencia emitida por el Consejo de Estado el pasado 28 de mayo de 2026, mediante la cual se ordenó al presidente abstenerse de divulgar propaganda electoral a favor o en contra de partidos, movimientos o candidatos utilizando canales oficiales del Estado.
Según el expediente, el accionante aportó publicaciones periodísticas y contenidos difundidos desde la cuenta de X @petrogustavo, con el propósito de demostrar que el mandatario habría continuado realizando referencias vinculadas a la campaña presidencial pese a la orden impartida por el alto tribunal.
La providencia señala que, en esta etapa preliminar, existe una apariencia de vulneración de los derechos invocados y un posible riesgo para las condiciones de igualdad entre los candidatos que disputan la Presidencia de la República en la segunda vuelta electoral.
Petro no podrá usar canales oficiales para emitir mensajes electorales
Como consecuencia de la medida provisional, el presidente Gustavo Petro deberá abstenerse de utilizar recursos, bienes, escenarios, canales y plataformas asociadas a su investidura para emitir mensajes que puedan favorecer o perjudicar, directa o indirectamente, a cualquiera de los aspirantes presidenciales.
La restricción incluye las alocuciones oficiales, eventos públicos realizados en calidad de presidente, intervenciones en escenarios nacionales e internacionales relacionados con su cargo y también la cuenta de X @petrogustavo, cuando sea empleada como herramienta para el ejercicio de funciones públicas.
De igual manera, la decisión judicial ordena al mandatario evitar la difusión de afirmaciones relacionadas con un eventual fraude electoral que no estén respaldadas por evidencia sólida y razonable, con el objetivo de preservar las garantías democráticas durante la recta final de la campaña.
La medida regirá hasta que haya una decisión de fondo
El juzgado precisó que la orden tendrá vigencia mientras se resuelve definitivamente la acción de tutela. De acuerdo con el documento, la finalidad de la medida es evitar un eventual perjuicio irreparable en el contexto de la segunda vuelta presidencial, programada para el próximo 21 de junio de 2026.
Con esta decisión, la justicia busca garantizar la neutralidad institucional del Gobierno Nacional durante el proceso electoral y proteger los principios de igualdad y transparencia en una de las etapas más decisivas de la contienda por la Presidencia de la República.
Humberto ‘Toto’ Torres




