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30 mayo, 2026A pocas horas de las elecciones presidenciales en Colombia, las autoridades anunciaron la suspensión temporal del porte de armas de fuego y traumáticas en Bogotá, gran parte de Cundinamarca y algunos municipios del Meta, como parte de las medidas preventivas para garantizar el orden público y la seguridad durante la jornada electoral.
La disposición quedó establecida mediante la Resolución No. 00004137 de 2026 expedida por la Décima Tercera Brigada del Ejército Nacional, en la que se ordena restringir el porte de armas en Bogotá, Cundinamarca —con excepción de Medina y Paratebueno— y en los municipios de San Juanito y El Calvario, en el Meta. La medida busca fortalecer las condiciones de seguridad para los ciudadanos que acudirán a las urnas.
Según lo establecido por las autoridades, la restricción comenzará a regir desde las 6:00 de la mañana de este sábado 30 de mayo y se extenderá hasta las 6:00 de la mañana del lunes 1 de junio de 2026. Durante este periodo, quedará suspendida de manera general la vigencia de los permisos especiales de porte de armas expedidos a personas naturales y jurídicas, con el propósito de reducir riesgos de alteraciones al orden público.
Las autoridades recordaron que esta no es la primera medida de este tipo implementada en el año, ya que anteriormente se había emitido la Resolución No. 000000018 del 9 de enero de 2026. En ese sentido, señalaron que la suspensión temporal del porte de armas se adopta como una herramienta preventiva en escenarios de alta relevancia nacional, como las elecciones presidenciales.
Sin embargo, la resolución contempla excepciones para algunas entidades públicas y privadas que cumplen funciones de seguridad y control institucional. Entre ellas se encuentran la Fiscalía, Procuraduría, Contraloría, INPEC, Unidad Nacional de Protección (UNP), Dirección Nacional de Inteligencia, Migración Colombia y empresas de vigilancia y transporte de valores autorizadas, las cuales podrán mantener el porte de armas bajo las condiciones establecidas por la ley.
Asimismo, estarán exceptuados integrantes activos de la Fuerza Pública, veteranos y reservistas acreditados, además de congresistas, magistrados, jueces, fiscales, procuradores, contralores, gobernadores y alcaldes, entre otros funcionarios contemplados en la resolución expedida por la autoridad militar.
La medida también incluye una excepción para deportistas y coleccionistas de armas de fuego que cuenten con los permisos correspondientes. No obstante, deberán transportar las armas descargadas y dentro de los vehículos cuando participen en competencias deportivas o actividades relacionadas con el coleccionismo, de acuerdo con las disposiciones oficiales.
Finalmente, la Décima Tercera Brigada del Ejército Nacional informó que, si el proceso electoral se define en una segunda vuelta presidencial, la suspensión del porte de armas volverá a aplicarse entre las 6:00 de la mañana del 20 de junio y las 6:00 de la mañana del 22 de junio de 2026. Las autoridades advirtieron que el incumplimiento de la medida podrá derivar en la incautación inmediata de las armas, conforme a la normativa vigente.
Sala Digital Colmundo




