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12 mayo, 2026¿Sondeos o encuestas? Por un lado, dos informes recomiendan sancionar a la firma; por el otro,su CEO insiste: “No reconozco que sean sondeos”
La Comisión Técnica y de Vigilancia de Encuestas del Consejo Nacional Electoral (CNE) recibió dos informes de auditoría independientes que recomiendan suspender provisionalmente el registro de operación de la firma encuestadora AtlasIntel en Colombia. Ambos documentos, entregados en el marco de una investigación abierta contra la empresa brasileña, coinciden en señalar que la metodología utilizada por la firma corresponde a un sondeo de opinión no probabilístico y no a una encuesta electoral bajo lo establecido en la Ley 2494 de 2025, conocida como la Ley de Encuestas.
El primer informe, suscrito por el comisionado Álvaro Mauricio Montenegro Rivas, analiza una medición publicada por AtlasIntel para la revista Semana. El documento señala que el estudio auditado “corresponde a un sondeo no probabilístico de reclutamiento digital”. Además, advierte que cualquier lectura poblacional derivada de esos datos “se apoya en supuestos no observables y no verificables empíricamente” sobre cómo fueron seleccionados y participaron los encuestados. El informe también precisa que no se puede respaldar el margen de error del 2 % que reporta la firma para sus mediciones en Colombia.
El segundo informe profundiza en seis irregularidades específicas atribuidas a la encuestadora. Entre ellas, publicar como encuesta lo que sería un sondeo de opinión, entregar información fuera de los plazos establecidos al CNE, no reportar los aportes económicos a campañas políticas y divulgar preguntas en un orden distinto al aplicado durante la recolección de datos. El documento es enfático en el punto metodológico central: “Cuando la captación de participantes depende de reclutamiento digital orgánico sin control probabilístico de inclusión, no se cumple el supuesto estructural de representatividad estadística exigido por la Ley 2494 de 2025”.
Este señalamiento impacta directamente el núcleo del modelo de AtlasIntel. La firma, que ha ganado reconocimiento internacional por su precisión en elecciones de Estados Unidos, Argentina y Chile, utiliza un sistema patentado llamado “reclutamiento digital aleatorio”. Consiste en invitar a usuarios de internet, mediante publicidad programática en sus dispositivos, a responder voluntariamente los cuestionarios. A diferencia de las encuestas probabilísticas tradicionales —donde se conoce de antemano la probabilidad de selección de cada persona—, este método no permite demostrar que todos los integrantes del universo electoral colombiano tuvieron una oportunidad conocida y verificable de ser elegidos.
El contexto regulatorio ha endurecido las condiciones para las encuestadoras desde julio de 2025, cuando entró en vigor la nueva ley. Actualmente, solo cuatro firmas tienen registro vigente para operar en el país. La salida reciente de GAD3 —una de las mejor calificadas en rankings independientes— por su negativa a acogerse a la norma, sumada a esta investigación contra AtlasIntel, reduce aún más el número de consultoras activas. En el ranking de precisión histórica de La Silla Vacía, que mide el desempeño en elecciones desde 2018 y consultas de 2026, AtlasIntel obtiene una calificación de 5,9 sobre un rango medio donde todas las firmas tienen puntajes cercanos.
Consultado sobre las recomendaciones de suspensión, el CEO de AtlasIntel, Andrei Roman, defendió la legalidad y calidad técnica de sus estudios. En declaraciones a Caracol Radio desde São Paulo, Roman afirmó: “La metodología de AtlasIntel la determina AtlasIntel y es coherente con la legislación. También seguimos las recomendaciones de la comisión técnica cuando nos permiten hacer un mejor trabajo. Cuando no es el caso, no seguimos estas recomendaciones”. El ejecutivo, que cuenta con un equipo de cinco personas en Bogotá y 35 en Brasil, insistió en que los informes de auditoría no constituyen una decisión final del CNE. “Las auditorías son de personas específicas, no son la conclusión del Consejo Nacional Electoral. El CNE todavía no se pronunció sobre la calidad o legalidad de nuestros estudios”, precisó.
El CEO explicó que su método no es sustancialmente diferente al de una encuesta telefónica, salvo que la interacción es digital y elimina el sesgo del entrevistador. Según Roman, la representatividad se garantiza mediante un “proceso de calibración posterior”, en el que se comparan los perfiles de la muestra obtenida con los datos oficiales del censo o del CNE, ajustando con factores de expansión. “Si llegamos a la conclusión de que hubo algún tipo de inclusión mayor o menor de grupos específicos, esta sobrerrepresentación o subrepresentación inicial será ajustada”, señaló. Sin embargo, este procedimiento de ajuste posterior es precisamente lo que los informes de auditoría cuestionan, al considerar que no reemplaza la exigencia legal de un diseño probabilístico previo.
Una de las causales de la investigación también involucra a medios de comunicación. El CNE indaga si El País y El Colombiano vulneraron el régimen legal al difundir mediciones de AtlasIntel antes de que la firma obtuviera su inscripción formal, ocurrida recién el 23 de diciembre de 2025 mediante la resolución 11893. Las posibles sanciones para la encuestadora incluyen multas que van desde los 2 hasta los 20 millones de pesos, además de la suspensión definitiva del registro. Roman, por su parte, rechazó que su empresa haya omitido declarar aportes a campañas: “AtlasIntel no ha hecho ningún aporte a campañas políticas. Si algún documento por algún motivo no ha sido presentado, lo presentaremos, pero no hubo ningún tipo de contribución”.
Juan Joya




