
Corte Suprema: Defensoría respalda listas exclusivas de mujeres para elegir nuevas magistradas
11 marzo, 2026
General Juan Miguel Huertas seguirá al frente del COPER mientras avanzan investigaciones por presuntos vínculos con disidencias de las Farc
11 marzo, 2026La defensa de Daysuris Vásquez, exesposa de Nicolás Petro, solicitó ante un juez dejar sin efecto la medida de aseguramiento no privativa de la libertad que pesa sobre su clienta dentro del proceso judicial en el que fue investigada por lavado de activos y violación de datos personales.
Durante la audiencia, el abogado Alait Freja expuso los argumentos para pedir la revocatoria de las restricciones, entre ellas la prohibición de salir del país, señalando que las condiciones jurídicas que motivaron la imposición de las medidas en 2023 han cambiado sustancialmente con el avance del proceso.
Cambio en el panorama jurídico del caso
La defensa recordó que las medidas no privativas de la libertad fueron impuestas el 4 de agosto de 2023, luego de que la Fiscalía imputara a Vásquez los delitos de lavado de activos y violación de datos personales. En ese momento, el juez sustentó su decisión en la existencia de un presunto riesgo para la comunidad, centrando su análisis principalmente en el delito de lavado de activos.
Sin embargo, según explicó el abogado, el escenario jurídico de la exesposa de Nicolás Petro cambió tras la firma de un principio de oportunidad con la Fiscalía General de la Nación, lo que modificó sustancialmente el proceso.
Como parte de ese acuerdo judicial, el delito de lavado de activos fue excluido del proceso principal, lo que redujo el alcance de la investigación. En consecuencia, solo permanece vigente el cargo de violación de datos personales, conducta que la defensa considera de menor gravedad, al estar contemplada dentro del procedimiento penal abreviado establecido en la Ley 1826 de 2017.
Argumentos sobre la colaboración con la justicia
Otro de los puntos centrales de la solicitud fue la colaboración de Vásquez con las autoridades judiciales. El defensor destacó que el 16 de enero de 2026 un juez de control de garantías evaluó el cumplimiento de los compromisos adquiridos por la procesada y decidió prorrogar el principio de oportunidad.
De acuerdo con Freja, la judicatura determinó que su clienta ha cumplido con las obligaciones pactadas, y que la única actuación pendiente dentro del acuerdo depende de los tiempos del proceso judicial.
Según explicó el jurista, la tarea restante consiste en declarar durante el juicio oral contra Nicolás Petro, diligencia que aún no se ha realizado debido al calendario procesal.
Debate jurídico por la participación de una presunta víctima
La audiencia también estuvo marcada por una discusión jurídica sobre la participación de Laura Ojeda Estupiñán como presunta víctima dentro del proceso.
La defensa argumentó que el representante de Ojeda no estaría legitimado para intervenir en esta etapa, debido a que el delito del cual ella sería víctima —violación de datos personales— no fue el fundamento que llevó inicialmente a imponer la medida de aseguramiento.
Por su parte, el abogado de Ojeda rechazó esta interpretación, insistiendo en que su clienta sí tiene reconocimiento dentro del proceso y solicitó tiempo al despacho judicial para presentar documentos que respalden su condición formal de víctima.
Fiscalía no se opone a la revocatoria
En medio de la diligencia, la Fiscalía General de la Nación manifestó que no presenta objeciones frente a la solicitud de revocar la medida de aseguramiento, argumentando que tras más de dos años de proceso, los fines constitucionales que justificaron la restricción han perdido vigencia.
Finalmente, el despacho judicial decidió suspender la audiencia para analizar los argumentos presentados por las partes y anunció que la diligencia se reanudará el próximo 18 de marzo a las 2:00 de la tarde, momento en el que se espera una decisión sobre la solicitud de la defensa.
Humberto ‘Toto’ Torres




