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11 agosto, 2025El Ministerio de Hacienda presentó ante la Corte Constitucional una demanda contra la Ley 2468 de julio de 2025, que modificó el funcionamiento del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales, Fonpet, creado por la Ley 549 de 1999.
Según el ministro Germán Ávila, la norma “infringe de manera clara varios artículos de la Constitución” y compromete la sostenibilidad financiera tanto de la Nación como de las entidades territoriales. La demanda fue radicada el pasado 5 de agosto.
Entre los principales cuestionamientos, el documento advierte que la Ley 2468:
- Afecta las finanzas públicas al eliminar recursos para la administración del Fonpet y prohibir el pago de nómina de pensionados durante el segundo semestre.
- No establece un régimen de transición, lo que podría generar choques financieros inmediatos.
- Implica un pago extraordinario de $6,57 billones por parte de la Nación al Fonpet antes del 31 de diciembre de 2026, afectando el Presupuesto General y alterando los plazos de pago previamente acordados.
- Genera gastos adicionales para municipios y distritos por unos $3,6 billones anuales; si se aplica con retroactividad desde 2006, la cifra ascendería a $49,3 billones de 2024. Solo para Bogotá, el impacto sería de $1,2 billones al año.
La demanda sostiene que la norma vulnera siete artículos constitucionales y cuatro disposiciones orgánicas, entre ellos los artículos 142, 151 y 157 de la Constitución, relacionados con el trámite legislativo. El ministro señala que, durante el debate, no se tuvo en cuenta el concepto desfavorable de su cartera sobre el impacto fiscal del proyecto.
“Se generan gastos que implican costos fiscales sin una fuente sustitutiva que garantice su funcionamiento, y cuya compatibilidad con el Marco Fiscal de Mediano Plazo no fue acreditada”, señala el texto.
La Ley 2468 también impone a las entidades territoriales la obligación de destinar el 10 % de sus ingresos corrientes de libre destinación al Fonpet, autoriza el retiro de los recursos excedentes y permite reorientar partidas de inversión para las vigencias de 2025 a 2027.
En ese sentido, tras la magnitud de los efectos fiscales y sociales, el Ministerio solicitó a la Corte no sólo declarar la inconstitucionalidad de la Ley 2468, sino también suspender provisionalmente sus efectos mientras se resuelve el caso. Esto, para evitar un impacto inmediato en las finanzas públicas y en el pago de pensiones.
Paola Martínez Burgos




