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5 agosto, 2025El Tribunal Superior de Bogotá le cerró la puerta a la petición de la defensa del expresidente Álvaro Uribe Vélez, que buscaba suspender provisionalmente la detención domiciliaria ordenada por la jueza Sandra Heredia, mientras se resuelve una tutela de 91 páginas que alega la violación de derechos fundamentales del exmandatario.
En una decisión expedida por el magistrado Leonel Rogeles Moreno, de la Sala Penal del Tribunal, se concluyó que “la medida cautelar no cumple los estándares de urgencia, necesidad ni impostergabilidad”, requisitos indispensables para intervenir en esta etapa temprana del trámite constitucional.
“No se advierte ninguna irregularidad de tal magnitud que amerite suspender la orden judicial mientras se estudia la tutela”, indicó el magistrado en un fallo de cinco páginas, señalando que las decisiones judiciales se presumen legítimas hasta que una instancia superior diga lo contrario.
Uribe seguirá en casa por cárcel mientras se define la tutela
El rechazo a la solicitud implica que Uribe deberá continuar bajo detención domiciliaria, como lo determinó la jueza 44 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, el pasado 1.º de agosto. El exmandatario fue condenado a 12 años de prisión por fraude procesal y soborno a testigos, decisión que aún no está en firme.
La defensa, encabezada por el abogado Jaime Granados, sostiene que la decisión de la jueza Heredia “trasgredió los derechos fundamentales a la dignidad humana, el debido proceso, la libertad y la presunción de inocencia” del expresidente. Según el jurista, ordenar su captura sin una condena ejecutoriada constituye “una detención arbitraria y contraria a la dignidad humana”.
Además, advierte que la sentencia contiene vicios graves de motivación y acusa al despacho judicial de actuar bajo “premisas inconstitucionales que tratan a un ciudadano como culpable antes de que exista una decisión definitiva”.
El Tribunal respalda la actuación de la jueza Sandra Heredia
El magistrado Rogeles fue enfático al recordar que “las decisiones judiciales gozan de la presunción de acierto y legalidad”, y que su cumplimiento es clave para garantizar la seguridad jurídica. Agregó que no hay pruebas suficientes que justifiquen frenar la orden judicial mientras se analiza la tutela.
“No se han evidenciado maniobras dilatorias de la defensa ni razones que permitan considerar esta detención como desproporcionada”, indica el fallo, desestimando también los argumentos de que Uribe no representa un riesgo para la sociedad.
Con esta decisión, el Tribunal asume formalmente el estudio de fondo de la acción de tutela interpuesta por la defensa. Las partes involucradas fueron notificadas y se les concedió un día para aportar pruebas que consideren necesarias para el proceso.
¿Qué alega la defensa?
En la acción judicial, la defensa asegura que la orden de captura inmediata es incompatible con el principio de presunción de inocencia. Según Granados, “la medida se usó de forma ejemplarizante, como si se tratara de un castigo anticipado y no de una medida cautelar”.
También denuncia que el fallo de la jueza Heredia “desconoce la línea de las altas cortes”, que, en casos de condenados sin antecedentes peligrosos ni evasión de la justicia, suelen optar por medidas no privativas de libertad mientras se resuelve el proceso.
Lo que viene en el caso Uribe
Con este revés, el expresidente seguirá privado de la libertad hasta que el Tribunal resuelva de fondo la tutela. Aunque la defensa insiste en que hubo violaciones al debido proceso y derechos fundamentales, por ahora, la justicia ha ratificado la legalidad de la medida de detención.
El caso continúa polarizando al país y reaviva el debate sobre el uso de la prisión preventiva en figuras públicas. ¿Es Álvaro Uribe una víctima del derecho penal del enemigo o simplemente debe enfrentar la justicia como cualquier otro ciudadano? Esa será una pregunta que no solo deberá responder la justicia, sino también la historia.
Humberto ‘Toto’ Torres




