
Cedecol convoca marcha para el 3 de agosto: “Jesús nos llama a amar, servir y construir una sociedad más justa”
31 julio, 2025
Ricardo Montaner y Héctor Montaner: por primera vez padre e hijo unen sus voces en “Lo que te dé la gana”
31 julio, 2025En medio de la controversia legislativa, el Ministerio de Salud implementó por decreto el nuevo modelo preventivo, predictivo y resolutivo. La reforma incluye redes territoriales, centros de atención primaria y un nuevo esquema de gobernanza.
Con una extensión de 30 páginas, el Decreto 0858 de 2025 reorganiza el sistema de salud colombiano y pone en marcha el modelo preventivo, predictivo y resolutivo como política pública nacional. La medida fue firmada por el presidente Gustavo Petro y el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, en un panorama marcado por el estancamiento legislativo de la reforma en el Congreso.
“El nuevo modelo de salud se implementa sin esperar el aval del Congreso”, señala el documento oficial, que sustituye la parte 11 del Decreto 780 de 2016 y redefine el funcionamiento del sistema sanitario colombiano. El decreto establece que todos los pacientes deberán ingresar al sistema a través de los Centros de Atención Primaria en Salud (CAPS), los cuales se convierten en la puerta de entrada obligatoria para acceder a servicios de baja y mediana complejidad.
Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) no desaparecen, pero su rol cambia sustancialmente. A partir de ahora, se transforman en gestoras de salud, con funciones administrativas y de articulación territorial. Sin embargo, pierden el manejo directo de los recursos financieros, que pasan a ser administrados exclusivamente por la ADRES (Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud).
“El decreto recompone el modelo de aseguramiento como lo conocemos hoy”, advirtió Ana María Vesga, presidenta de ACEMI, quien calificó la medida como “una implementación anticipada de la reforma a la salud 2.0” y alertó sobre “grandes problemas de constitucionalidad”. Según Vesga, el decreto modifica funciones asignadas por ley a las EPS, como la afiliación, la contratación de redes y la gestión del riesgo financiero, sin pasar por el trámite legislativo correspondiente.
El Ministerio de Salud asume el control del modelo, mientras que las entidades territoriales deberán coordinar su ejecución. Se crean las Redes Integrales e Integradas Territoriales de Salud (RIITS), que agrupan prestadores públicos, privados y mixtos, organizados por regiones y subregiones funcionales. Estas redes estarán articuladas con los CAPS y los Equipos de Salud Territorial, que operarán directamente en las comunidades.
La atención primaria se convierte en el eje del sistema. El decreto prioriza la inversión en infraestructura de baja y mediana complejidad, la formalización laboral del talento humano en salud y la territorialización del cuidado. También se promueve la participación ciudadana a través de COPACOS y Consejos Territoriales de Seguridad Social en Salud.
El decreto fue expedido horas después de que el senador Miguel Ángel Pinto (Partido Liberal) fuera elegido presidente de la Comisión Séptima del Senado, instancia determinante para el trámite de la reforma. Pinto, quien ha mostrado distancia frente al Gobierno, representa un giro político que podría haber motivado la decisión ejecutiva. La vicepresidencia de la comisión quedó en manos de un congresista del partido Comunes, lo que añade tensión al escenario legislativo.
El Decreto 0858 emerge como una respuesta frente a la parálisis legislativa que ha rodeado el debate sobre la reforma a la salud en el Congreso. En medio de recusaciones, demoras y falta de quórum, el Gobierno optó por materializar por vía normativa los pilares centrales de su propuesta, priorizando la reorganización territorial, la atención primaria y la centralización financiera en la ADRES. La decisión muestra tensión entre la urgencia por transformar el sistema y los tiempos del diálogo democrático. Aunque el decreto permite avanzar en una implementación técnica, persisten interrogantes sobre su constitucionalidad y legitimidad política, lo que exige vigilancia ciudadana, articulación institucional y espacios de deliberación que restituyan el debate como herramienta fundamental de reforma estructural y ejercicio democrático.
Conozca el documento completo:
https://consultorsalud.com/wp-content/uploads/2025/07/DECRETO-0858-DEL-30-DE-JULIO-DE-2025.pdf
Juan joya




