Este lunes, la sala de definición de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó la solicitud de libertad transitoria, condicionada y anticipada del coronel en retiro José Pastor Ruiz Mahecha, quien cuenta con tres procesos en ese tribunal con 22 víctimas de asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como bajas en combate (‘falsos positivos’) por casos que datan entre los años 2002 a 2003.
Al momento de los hehos Ruiz se encontraba comandando un grupo de élite del Batallón La Popa, en Valledupar, capital del departamento del Cesar, en el norte de Colombia, bajo el mando del coronel Publio Hernán Mejía, acusado también de participar en hechos similares en esa misma región.
Ambos, junto a otro coronel retirado, Heber Hernán Gómez, y otros 12 militares, fueron señalados por 127 asesinatos y desapariciones de jóvenes inocentes para presentarlos como bajas guerrilleras en combate.
Los señalados aceptaron los cargos, exceptuando a los tres coroneles en retiro, quienes se enfrentan ahora a una acusación por parte de la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP para un “proceso adversarial”, en donde podrían recibir penas de hasta 20 años de prisión, según lo informó el alto tribunal.
Así las cosas, la JEP se declaró competente para avanzar con el sometimiento de Ruiz Mahecha, quien se encuentra recluido en una cárcel para militares, pero no le concedió la libertad transitoria y le dio 10 días hábiles para que “remita sus aportes y compromisos para el cumplimiento de los fines del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición”.
La jurisdicción rechazó la solicitud de libertad presentada por el coronel en retiro, al considerar que ha incumplido de forma flagrante sus obligaciones con el sistema transicional, primero al no reconocer la competencia de la JEP sobre sí, sumado a que no presentó plan de aportes, ha guardado silencio en las audiencias a las que lo han convocado y en adición, no aceptó cargos.
“A la fecha de esta decisión no ha realizado aportes a la verdad plena y tampoco ha formulado un plan restaurativo para garantizar el derecho a la reparación inmaterial a las víctimas, pese a que está obligado a ello al contar con dos sentencias condenatorias ejecutoriadas”, indicó la jurisdicción.
Asimismo, la JEP añadió sobre la actitud de José Pastor Ruiz Mahecha: “De hecho, la falta de compromiso con los derechos de las víctimas persiste hasta la fecha de esta decisión, pues sigue sosteniendo su inocencia incluso respecto de los hechos por los que fue condenado y cuyas sentencias están en firme en la justicia ordinaria”.
Sin embargo, como el oficial en retiro no ha reconocido responsabilidad por dichos hechos, el caso fue remitido a la Fiscalía de la JEP para que desde esa instancia se determine si es llamado a juicio también por este proceso, donde igualmente, de ser declaro culpable, podría pagar otros 20 años de cárcel efectiva.
Juan joya