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16 septiembre, 2025El Tribunal Superior de Bogotá, a través de su Sala Penal, dio un espaldarazo a la investigación de la Fiscalía contra el gobernador de Antioquia, Andrés Julián Rendón Cardona, al declarar legales las órdenes de interceptación de comunicaciones dentro del proceso penal que lo involucra por presuntas irregularidades en contratación.
En su decisión, el alto tribunal concluyó que las medidas eran “útiles y proporcionales”, aportando así un respaldo jurídico clave para que la Fiscalía avance en las pesquisas sobre contratos suscritos durante la gestión de Rendón como alcalde de Rionegro.
Un fallo clave para la investigación
La magistrada Yanet Liliana Martínez Palma, ponente de la decisión en segunda instancia, explicó que la intervención de la Fiscalía se basó en motivos fundados y específicos. Dichas órdenes estaban encaminadas a indagar sobre los contratos para la construcción de los Centros de Atención al Público (CAI) en San Antonio de Pereira y Cuatro Esquinas, que ascendieron a unos 1.270 millones de pesos.
El Tribunal sostuvo que la medida fue adoptada dentro de los plazos legales, respetando el debido proceso y la cadena de custodia, lo que garantizó que los derechos fundamentales del investigado no fueran vulnerados de manera desproporcionada.
En el fallo se enfatizó: “La exposición de motivos fundados sí fue suficiente y cumplió con los presupuestos del test de proporcionalidad, como quiera que dio a conocer las razones para afectar ese derecho del indiciado por la necesidad de acopiar información relevante para la indagación”.
El tribunal recordó que las interceptaciones telefónicas son medidas excepcionales que afectan derechos como la intimidad, pero que resultan legítimas siempre que se ajusten a la Constitución y a la ley.
Fundamentos de la Fiscalía General de la Nación
De acuerdo con el documento, la Fiscalía sustentó su solicitud en una denuncia presentada el 31 de agosto de 2022 por una veeduría ciudadana, la cual, según algunos sectores políticos, habría contado con impulso del opositor Luis Pérez. El proceso permaneció estancado hasta la llegada de Luz Adriana Camargo al ente acusador.
La denuncia señalaba irregularidades en la contratación de los CAI en Rionegro entre 2016 y 2019, cuando Rendón fue alcalde. Los contratos fueron adjudicados de manera directa a la Empresa de Desarrollo Sostenible (Edeso), que no tenía experiencia en este tipo de obras, lo que derivó en subcontratación y un presunto detrimento patrimonial.
El fallo señala que “la fiscal halló pertinente la emisión de las órdenes de interceptaciones de fechas 14 y 27 de mayo de 2025, teniendo como motivos fundados la necesidad de recopilar información útil y relevante para la investigación por los delitos denunciados”.
Conversaciones bajo la lupa
El tribunal destacó que los informes de policía judicial evidenciaron la existencia de conversaciones sobre la construcción de los CAI, incluso con funcionarios que actualmente mantienen relación con Rendón en su rol de gobernador.
Asimismo, recalcó que no hubo exceso en la medida, ya que la afectación al derecho a la intimidad se limitó al objeto de la investigación y a personas vinculadas a los hechos denunciados.
El fallo concluyó que la Fiscalía “determinó como necesarios estos actos de investigación pertinentes para el impulso de la indagación, por lo que se advierten fundadas, legítimas, idóneas y necesarias para el fin perseguido”.
Lucha contra la corrupción
Finalmente, el Tribunal Superior de Bogotá puntualizó que, en este caso, las órdenes de interceptación fueron emitidas con un claro propósito investigativo y en consonancia con las normas de protección de derechos fundamentales.
“La afectación del derecho a la intimidad del aforado y las terceras personas se estima legítima y debidamente fundamentada en la consecución del bien superior, el cual es el interés general en la lucha contra la corrupción”, sentenció el fallo.
Humberto ‘Toto’ Torres




