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4 febrero, 2026¿Es posible que las normas de mínima cuantía estén siendo utilizadas como un mecanismo para favorecer contratistas específicos?
La Fiscalía General de la Nación presentó en las últimas horas ante un juez de control de garantías la imputación de cargos contra el alcalde de San Antonio, Tolima, José Dayler Lasso Mosquera, y su secretario de Planeación, Miguel Andrés Capera Hernández, por su presunta responsabilidad en irregularidades vinculadas a la suscripción de un contrato público para la adquisición de repuestos destinados a una motoniveladora. El proceso también alcanza a dos contratistas identificados como Fabián Danilo Durán Briñez y Fabián Ernesto Zambrano Hernández, quienes han sido judicializados en calidad de intervinientes tras las investigaciones adelantadas por la Fiscalía.
De acuerdo con la investigación penal, los hechos objeto de análisis ocurrieron en marzo de 2024 cuando, según el ente acusador, el alcalde y el titular de Planeación municipal habrían buscado favorecer a un consorcio conformado por Durán Briñez y Zambrano Hernández para la adjudicación de un contrato de compra de llantas y otros repuestos de maquinaria pesada. El valor del contrato superó los 33 millones de pesos, pese a que la normativa aplicable a procesos de mínima cuantía establece un tope de 29.978.789 pesos. La Fiscalía sostiene que esa diferencia implicó la violación de requisitos legales para este tipo de procedimientos contractuales.
El material probatorio presentado por la Fiscalía incluye la supuesta alteración de las cotizaciones entregadas en el proceso contractual. Una de esas ofertas comerciales, presuntamente elaborada por el secretario de Planeación y entregada a los contratistas, reflejaba valores superiores a los de al menos otras dos propuestas que sí se ajustaban a los precios reales del mercado. Esta situación habría creado condiciones que favorecieron la adjudicación al consorcio en cuestión. Además, la Fiscalía señaló que una de las firmas consignadas en los documentos no coincidía con la del proponente y que ese documento, al parecer, nunca fue radicado formalmente ante la Alcaldía.
En su rol como máxima autoridad municipal, el alcalde —encargado de realizar la invitación pública para el contrato bajo la modalidad de mínima cuantía— presuntamente utilizó estas cotizaciones alteradas para llevar a cabo el trámite contractual que concluyó con la adjudicación al consorcio integrado por Durán Briñez y Zambrano Hernández. En el mismo proceso, la Fiscalía atribuyó a los contratistas los presuntos delitos de interés indebido en la celebración de contratos y peculado por apropiación, mientras que al alcalde y al secretario de Planeación se les imputan cargos por la presunta violación de los requisitos legales en la contratación pública.
Durante la audiencia de imputación de cargos, ninguno de los involucrados aceptó los señalamientos de la Fiscalía Seccional Tolima. El curso de este caso pasa ahora por las etapas procesales previstas en el Código de Procedimiento Penal, en las que se resolverán las solicitudes de medidas cautelares, la presentación de pruebas por las partes y, eventualmente, el juicio correspondiente si así lo lleva el ente acusador.
Juan Joya




