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2 julio, 2025Según la entidad, la empresa habría incurrido en una “represalia comercial” que distorsionó el mercado y vulneró los derechos de los usuarios
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso una multa de $3.000 millones a la empresa Movistar en Colombia por implementar una estrategia comercial que, según determinó la entidad, vulneraba el derecho de los usuarios a la portabilidad numérica. El caso gira en torno al plan “Siempre Conectado”, un bono de fidelización que habría impedido a más de 1.500 personas cambiarse a otro operador de telefonía móvil pese a no existir deudas reales.
Según informó la SIC, este bono se otorgaba a los clientes con la promesa de mantenerlos siempre conectados, pero incluía condiciones contractuales que terminaban impidiendo la portabilidad si el usuario no lo cancelaba anticipadamente. Lo grave, señaló la entidad, es que la información sobre ese cargo no era clara ni explícita al momento de adquirir el servicio. “Este tipo de cláusulas afectó el derecho a la libre elección del consumidor y no cumplía con los parámetros de transparencia exigidos por la ley”, afirmó la Superintendencia.
La investigación reveló que al menos 1.500 usuarios que intentaron cambiarse de operador fueron reportados como deudores por Movistar, incluso cuando no existía una deuda real. Estas prácticas generaron bloqueos injustificados en el sistema de portabilidad, afectando directamente el derecho de los consumidores a escoger libremente su proveedor de servicios móviles. “La estrategia del bono Siempre Conectado constituyó una barrera artificial e ilegal para evitar la salida de usuarios”, concluyó la SIC.
Además de la multa, la Superindustria ordenó a Movistar abstenerse de enviar mensajes promocionales una vez iniciado el proceso de portabilidad y exigió el cumplimiento estricto de los tiempos para la entrega del NIP (Número de Identificación Personal), un código necesario para completar el cambio de operador. La entidad también advirtió que continuará vigilando que no se repitan prácticas similares en el sector.
El caso también puso en evidencia cómo algunos operadores pueden usar herramientas de fidelización con fines contrarios a los derechos del usuario. “No se puede disfrazar una cláusula de permanencia bajo la figura de un bono, cuando lo que realmente se está haciendo es condicionar el ejercicio de un derecho fundamental del consumidor”, advirtió la Superindustria. En ese sentido, se reiteró que los usuarios tienen el derecho a cambiarse de operador en cualquier momento y sin trabas indebidas.
Por su parte, Movistar reconoció la existencia del bono, pero no ha emitido una respuesta oficial sobre la sanción impuesta. La empresa tampoco ha informado públicamente si tomará acciones legales o si modificará los términos de sus productos. No obstante, expertos consultados por medios económicos señalaron que este caso podría sentar un precedente importante para otras empresas del sector que usan estrategias similares para retener clientes.
La SIC recalcó que este tipo de medidas buscan equilibrar las relaciones entre consumidores y prestadores de servicios, garantizando que no haya abusos de poder contractual. “Seguiremos vigilantes frente a cualquier práctica que limite los derechos de los usuarios, especialmente en sectores tan sensibles como las telecomunicaciones”, concluyó la entidad. Los usuarios que se hayan visto afectados pueden acudir a la SIC para reportar su caso o reclamar por sus derechos.
Juan Joya




