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El Consejo Nacional Electoral estudia una ponencia que propone revocar la inscripción de María del Mar Pizarro García como candidata a la Cámara de Representantes por Bogotá para el periodo 2026-2030, al considerar que habría incurrido en doble militancia. La decisión se analiza a pocos días de las elecciones legislativas previstas para este 8 de marzo de 2026 y se da en el marco del expediente CNE-E-DG-2026-002284, en el que se resolvieron varias solicitudes de revocatoria de inscripción. El caso se estudia en la recta final del calendario electoral y podría impactar directamente la conformación de la lista en Bogotá.
La ponencia fue presentada por los magistrados Cristian Quiroz y Alfonso Campo Martínez. En el documento se concluye que la inscripción de Pizarro García “contraviene los pilares de la disciplina partidista y el régimen de bancadas” y advierte que permitir esa postulación “socavaría la confianza en el sistema electoral y premiaría la informalidad en la gestión de los avales”. Según el análisis jurídico, al no haberse acreditado la renuncia a su curul con la antelación constitucional de doce meses, antes del primer día de inscripciones, se configuraría la prohibición de doble militancia en la modalidad de ejercicio de cargo. La presunta falta de renuncia oportuna constituye el eje central de la controversia jurídica.
El texto señala que la candidata fue avalada inicialmente por el Movimiento Político Colombia Humana y que actualmente ostenta una curul en la Cámara de Representantes por esa colectividad. No obstante, su nueva inscripción se realizó por el Movimiento Político Pacto Histórico para la circunscripción territorial de Bogotá D.C. La Sala Plena sostiene que la obtención de personería jurídica independiente por parte del Pacto Histórico crea un sujeto de derecho electoral distinto, lo que exige el cumplimiento estricto del periodo de desvinculación previsto en el artículo 107 de la Constitución y en la Ley 1475 de 2011. La independencia jurídica del Pacto Histórico se convierte en un elemento determinante para establecer si hubo o no doble militancia.
En la resolución se afirma que “ante la plena prueba del incumplimiento de los requisitos constitucionales, no queda otro camino que declarar la revocatoria de la inscripción de la candidatura, con el fin de garantizar que la contienda electoral se desarrolle bajo los principios de legalidad, transparencia y lealtad política”. De ser acogida esta ponencia, se ratificaría una determinación previa del CNE que revocó la inscripción de la lista del Pacto Histórico al advertir que esa colectividad y Colombia Humana debían inscribir aspirantes de forma separada. La eventual revocatoria reforzaría la postura institucional del CNE sobre la separación formal y jurídica de ambas colectividades.
Sin embargo, el panorama dentro del tribunal electoral incluye una segunda ponencia, presentada por el magistrado Benjamín Ortiz, que propone autorizar la fusión entre Colombia Humana y el Pacto Histórico. En ese documento se indica que Colombia Humana cumplió los requisitos legales para la disolución de su personería jurídica y que, en caso de aprobarse la integración, las responsabilidades y procesos sancionatorios futuros serían asumidos por el Pacto Histórico. La ponencia establece que las infracciones a la normativa electoral consolidadas por el movimiento fusionado quedarían en cabeza de la nueva organización política, lo que modificaría el escenario jurídico actual. La propuesta de fusión podría redefinir de fondo la responsabilidad jurídica y política de las colectividades involucradas.
El orden del día de la Sala Plena ubica en primer lugar el estudio de la fusión. Si esta es aprobada, podría dejar sin efectos la solicitud de revocar la inscripción de Pizarro García, al modificarse la situación jurídica entre las colectividades involucradas. El caso tiene antecedentes desde diciembre de 2025, cuando se presentaron solicitudes internas para revisar la inscripción de la lista del Pacto Histórico a la Cámara por Bogotá, lo que dio origen a las actuaciones administrativas acumuladas en el expediente actual. La decisión sobre la fusión será determinante para el desenlace del proceso electoral en curso y para la validez definitiva de la candidatura.
Juan Joya




