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11 septiembre, 2025El presidente de la Corte Constitucional y ponente de la Reforma Pensional, magistrado Jorge Enrique Ibáñez, solicitó nuevas pruebas sobre el trámite legislativo de esta ley, lo que ha generado fuertes críticas desde el Gobierno.
En un auto de cuatro páginas, Ibáñez pidió a la Cámara de Representantes enviar nuevamente las evidencias que certifiquen que las sesiones extraordinarias en las que se corrigieron los vicios de trámite de la reforma pensional se desarrollaron conforme a la norma.
“Es necesario insistir en el requerimiento hecho a la Presidencia de la Cámara de Representantes para que remita a esta Corte el informe allí solicitado sobre el proceso de aprobación de las actas; lo que incluye la certificación formal de aprobación o no aprobación de las actas de las sesiones plenarias de los días 27 y 28 de junio de 2025”, señala la orden de la Corte.
El magistrado fundamentó su solicitud en la falta de un acta clave: la número 256 del 26 de junio, que no fue aprobada por falta de cuórum. Según el documento, también deberán enviarse los órdenes del día en los que se incluyó la aprobación de las actas de las plenarias del 27 y 28 de junio, así como la constancia del momento en que efectivamente se aprobaron.
La dificultad radica en que para aprobar el acta 256 se requería una mayoría absoluta de 94 votos, pero tras cinco intentos de discusión solo se obtuvieron 76.
Ante esta nueva solicitud, el ministro Benedetti expresó su inconformidad:
“Ibáñez está hostigando y acosando a la Ley Pensional. Por tercera vez pone en duda la voluntad expresada por el Congreso. Vuelve a pedir cómo fueron las votaciones y con esto impide que la ley entre en vigencia para beneficiar a más de 3 millones de viejitos y viejitas en este país”.
Caracol Radio consultó a constitucionalistas que coincidieron en que la Corte podría determinar un nuevo vicio de trámite en el análisis de estas actas.
Floralba Padrón, profesora y directora del observatorio de Derecho de la Universidad Externado, explicó que la Corte evaluará si se cumplieron aspectos como el principio de publicidad y la validez de la convocatoria a sesiones extraordinarias en un momento particular: el 27 de junio, cuando se daba el tránsito entre legislaturas.
“Tendrá en cuenta la oportunidad para la convocatoria de las sesiones extraordinarias, en la medida en que el 27 de junio estamos en el periodo conocido como el tránsito entre las legislaturas. Entonces, ¿podíamos convocar a sesiones extraordinarias en este momento? El segundo punto es determinar si se cumplió con el principio de publicidad y el principio democrático en la convocatoria a los representantes a la Cámara para que válidamente pudieran ir a la plenaria y proceder a reconstruir la sesión para subsanar el vicio”, explicó Padrón a Caracol Radio.
Con este panorama, el futuro de la reforma pensional sigue en suspenso mientras la Corte Constitucional revisa si las subsanaciones hechas en el Congreso cumplieron o no con la normatividad vigente.
Sala Digital Colmundo




