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17 marzo, 2026La Procuraduría General de la Nación solicitó a la Corte Constitucional declarar constitucional el impuesto al patrimonio decretado por el Gobierno de Gustavo Petro en el marco de la emergencia económica de 2025, aunque considera que dicho estado de excepción no se ajusta a la Constitución.
El concepto, firmado por el procurador Gregorio Eljach y consignado en un documento de 45 páginas, plantea una postura dual: rechaza la legalidad de la emergencia económica, pero respalda varias de las medidas tributarias adoptadas bajo ese mecanismo, al considerar que cumplen criterios constitucionales.
Impuesto al patrimonio sí sería constitucional
El Ministerio Público pidió al alto tribunal declarar exequible el impuesto al patrimonio para contribuyentes con más de 40.000 UVT, es decir, con patrimonios superiores a aproximadamente 2,09 mil millones de pesos.
Según el concepto, este gravamen no tiene carácter confiscatorio, es progresivo y se dirige a personas con mayor capacidad económica, además de contribuir al financiamiento del gasto público y las inversiones del Estado.
El impuesto hace parte del Decreto 1474 de 2025, que estableció un paquete de medidas tributarias transitorias, incluyendo un IVA del 19 % a bebidas alcohólicas y nuevos gravámenes al consumo de cigarrillos, con el objetivo de fortalecer el presupuesto nacional.
Único punto inconstitucional: regalías
Pese a respaldar gran parte del paquete fiscal, la Procuraduría considera que la norma que prohíbe deducir regalías a empresas mineroenergéticas sí debe ser declarada inexequible.
El concepto advierte que esta disposición ya había sido tumbada previamente por la Corte en 2023, al considerar que aumentaba de forma desproporcionada la base gravable de las compañías del sector.
Recursos para la salud, eje del debate
Uno de los puntos centrales del análisis del Ministerio Público es la destinación de los recursos. La Procuraduría avala el IVA del 19 % a licores siempre que los ingresos se destinen exclusivamente a financiar la crisis del sistema de salud.
El debate se da en medio de una compleja situación financiera del sector. El sistema enfrenta un déficit cercano a los $5,95 billones debido a la insuficiencia de la Unidad de Pago por Capitación (UPC), según datos recientes.
La Administradora de los Recursos del Sistema de Seguridad Social en Salud (Adres) destinó $88,4 billones en 2025 y proyecta $101 billones para 2026, pero la siniestralidad reportada por las EPS supera el 109 %, lo que evidencia un desequilibrio estructural.
Tanto la Procuraduría como la Defensoría del Pueblo coinciden en que la financiación del sistema es urgente y necesaria para garantizar el derecho fundamental a la salud, reconocido en la Sentencia T-760 de 2008.
Procuraduría insiste en que la emergencia es inconstitucional
A pesar de respaldar algunas medidas, el procurador Eljach fue claro en señalar que la declaratoria de emergencia económica no cumple con los requisitos constitucionales, al considerar que no responde a hechos extraordinarios o sobrevinientes.
El concepto sostiene que los problemas que busca atender el Gobierno, como la crisis del sistema de salud, son estructurales y no justifican el uso de un estado de excepción, por lo que solicitó a la Corte declarar inexequible la medida.
El Gobierno, por su parte, ha defendido que la emergencia es necesaria para cumplir fallos judiciales, financiar subsidios y garantizar la seguridad en distintas regiones, argumentos que serán evaluados por el alto tribunal.
Pulso jurídico en la Corte Constitucional
El análisis de la emergencia económica se da en un contexto de alta tensión institucional. La Corte Constitucional suspendió provisionalmente el estado de excepción el pasado 29 de enero, en una decisión adoptada por mayoría de magistrados.
Esta medida marcó un precedente inédito, ya que rompe con la jurisprudencia establecida desde 1994, que impedía suspender decretos legislativos de estados de excepción.
El Gobierno ha cuestionado esta decisión y presentó una solicitud de nulidad, argumentando que la suspensión carece de sustento normativo y afecta la coherencia del orden constitucional.
Además, el Ejecutivo intentó recusar a varios magistrados al considerar que podrían tener conflicto de interés por el impuesto al patrimonio, pero la Corte rechazó el recurso por extemporáneo.
La Sala Plena continuará el estudio de fondo de la emergencia económica, cuyo fallo definitivo deberá conocerse antes del 16 de abril, en una decisión que será clave para definir el alcance de las medidas adoptadas por el Gobierno y el futuro del sistema fiscal en Colombia.




