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Procuraduría anuncia cargos contra el exgobernador Alejandro Lyons en relación con el cartel de la toga

La Procuraduría General de la Nación anunció requerimientos en contra del exgobernador del departamento de Córdoba, Alejandro Lyons Muskus por delitos de concierto para delinquir agravado. Lyons había entregado varias cantidades de dinero para apoyar algunas conductas judiciales relacionadas con actos de corrupción dentro de la administración, que se presentó como ‘el cartel de toga’.

El exgobernador deberá cumplir con las conductas presentadas por la Procuraduría cuando retorne al país. Las irregularidades investigadas se dieron a conocer en la entrega de alrededor de 30 millones de pesos al acusado Camilo Tarquino, exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia y a varios miembros pertenecientes al alto tribunal Francisco Ricaurte y José Leonidas Bustos, inmersos en procesos penales de la Fiscalía.

“En un segundo cargo, se investiga a Lyons Muskus por la presunta entrega al entonces senador Mussa Besayle Fayad de $ 600 millones, cuyo destino, al parecer, fue el pago de un soborno a través del exfiscal Luis Gustavo Moreno, para impedir que la CSJ le expidiera una orden de captura en un proceso por parapolítica que esa corporación adelantaba en su contra”, determinó la Procuraduría General.

El año pasado Lyons fue capturado por los Estados Unidos, por su participación en el denominado ‘cartel de la hemofilia’, en donde persuadió varios fondos pertenecientes de Córdoba relacionados con el sector salud del departamento. Además, en su primer llamado ante la justicia, la Fiscalía General de la Nación analizó que los desfalcos se llevaron a cabo desde el 2011 hasta el 2015, con alrededor de 87.000 millones de pesos.

La entidad señaló que: “A juicio del ente disciplinario el investigado sabía que estos dineros se entregarán en el marco de una actividad ilícita y, a pesar de ello, no denunció ante la autoridad competente tales hechos, permitiendo que estos se prolonga en el tiempo, hasta por lo menos el 2017. Esta segunda conducta objeto de investigación fue calificada en esta etapa procesal provisionalmente como falta gravísima a título de dolo”.

Escrito por Catalina Hurtado Ladino