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2 diciembre, 2025El Gobierno Nacional volvió a poner en tela de juicio la decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) que concluyó que la campaña Petro Presidente 2022 superó los topes electorales. Esta vez, el ministro del Interior, Armando Benedetti, aseguró que el fallo debe anularse porque uno de los magistrados habría participado de forma irregular en la votación, lo que configuraría una causal de nulidad.
Según explicó el ministro, el magistrado Álvaro Hernán Prada no se encontraba en Bogotá —e incluso habría salido del país— el día en que se tomó la decisión, por lo que emitió su voto de manera virtual, una modalidad que, de acuerdo con el reglamento interno del CNE, está prohibida salvo en casos excepcionales debidamente justificados. Benedetti afirmó que ese requisito no se cumplió.
“El 27 de noviembre se votó la sanción al Pacto Histórico. El magistrado Álvaro Hernán Prada no estaba en territorio nacional y, aun así, participó desde afuera”, señaló el ministro, quien reiteró que el reglamento exige una motivación formal para autorizar un voto virtual, la cual no aparece en la providencia. Por esta razón, sostuvo que existe un nuevo argumento jurídico para solicitar la nulidad del fallo.
Señalamientos por posibles ausencias injustificadas
El ministro Benedetti también denunció que el magistrado Prada tendría ausencias frecuentes y prolongadas, que incluso podrían considerarse como abandono del cargo. Indicó que, según testimonios internos del CNE, el magistrado se ausenta con regularidad por periodos de ocho, nueve y hasta once días, sin justificaciones visibles.
Recordó además que la normativa administrativa advierte que una ausencia superior a tres días sin permiso podría constituir abandono del cargo. “Esas situaciones deben ser evaluadas por las autoridades competentes”, manifestó.
El ministro explicó que, tras revisar los registros migratorios, se evidenció que:
- Prada salió del país en repetidas ocasiones durante el 2025, varias veces por lapsos superiores a tres días consecutivos y sin registro de permisos, licencias o comisiones.
- El 26 de noviembre de 2025 volvió a salir del país, un día antes de la votación clave.
- Hasta la fecha no aparece su retorno en los reportes migratorios oficiales.
Reglas del CNE sobre participación virtual
El Gobierno también recordó que existe una resolución del propio CNE que establece que las sesiones virtuales solo pueden realizarse en circunstancias extraordinarias, deben estar motivadas y, además, prohíben que funcionarios en vacaciones o en comisión en el exterior participen en decisiones plenarias.
Con base en estos argumentos, Benedetti insistió en que el fallo que sancionó la campaña presidencial de Gustavo Petro estaría viciado de nulidad. También hizo un llamado al Pacto Histórico y a la ciudadanía para activar los recursos disciplinarios y administrativos que correspondan.
“Hay motivos suficientes para que se revise la actuación del magistrado y para que se evalúe la validez del fallo”, concluyó el ministro.
Humberto ‘Toto’ Torres




