Este miércoles, el presidente de la República Iván Duque, sancionó la Ley 2083 del 2021 o ‘Ley Antidopaje’, una norma que castigará a quien le suministre o formule de manera ilegal a deportistas drogas que produzcan dependencia.
"La Ley establece disposiciones que permiten fortalecer la lucha contra el dopaje en el deporte, conforme a los parámetros de la Agencia Mundial Antidopaje y las disposiciones contenidas en la Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte y el Código Mundial Antidopaje y el Ministerio del Deporte, a través de la Organización Nacional Antidopaje, será la entidad responsable de asegurar la armonización y cumplimiento de las disposiciones antidopaje en el territorio nacional", explicó el jefe de estado.
Esta modificación normativa considera el cambio conceptual que impulsó la introducción del Código Mundial Antidopaje y la suscripción por parte Colombia de la Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte, aprobada por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) en octubre de 2005 y ratificada por el Congreso de la República mediante la Ley 1207 de 2008.
"Atendiendo las directrices de la Agencia Mundial Antidopaje, la Ley crea el Tribunal Disciplinario Antidopaje, como un órgano independiente de disciplina, el cual se encargará de juzgar y decidir sobre las posibles infracciones descritas en el Código Mundial Antidopaje, eliminando cualquier conflicto de interés y garantizando la imparcialidad y autonomía en la gestión de resultados". Explicó Duque.
Por su parte, el Ministro de Justicia y del Derecho Wilson Ruiz expresó su satisfacción por el gran aporte que esta norma hace a los deportistas y al deporte de Colombia. “Hoy es un día importante para la legalidad en el deporte. Tras un trabajo coordinado entre los ministerios del Deporte y de Justicia construimos una norma que protege al deportista frente al suministro, administración o inducción al uso de posibles sustancias dopantes o métodos que puedan afectar su desempeño y perjudicar su carrera”, dijo el alto funcionario.
El jefe de la cartera de Justicia destacó que ahora se castigarán con mayor severidad las conductas que generen una mayor afectación, cuando recaigan sobre un menor de edad, se realicen mediante engaño, coacción, en un escenario deportivo, o cuando quien las cometa ostente algún cargo que le dé particular autoridad o poder sobre la víctima.
“Así se protege al deportista de alto rendimiento o aficionado en el plano personal, considerando las graves consecuencias que tiene para su salud a mediano y largo plazo el uso de sustancias o métodos prohibidos. Y también en el plano social, dada la notoriedad y popularidad de los deportistas y de las actividades que practican”, señaló el ministro Ruiz.