La sanción impuesta por la Contraloría Distrital por la suma de $75.000 millones para la junta directiva de la Empresa de Acueducto de Bogotá (EAB ESP) y específicamente $22.170 millones para el presidente por el modelo de basuras que presuntamente estaba en contra de la libre competencia fue anulada.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca falló a favor del presidente Petro y los funcionarios de su administración distrital en el caso de las basuras en Bogotá, durante su gestión entre 2012 y 2016, cuando el mandatario fue alcalde de la capital. Desde el Tribunal se aclaró que no se estaba evaluando la funcionalidad del modelo de basuras, sino la legalidad de los actos de la Contraloría.
Además, se agregó que la Contraloría presumió de manera incorrecta la culpa grave de los demandados establecida para el proceso de repetición o de llamamiento en garantía con fines de repetición, regulada por la Ley 678 de 2001, mientras que dicha presunción es ilegal en el proceso administrativo de responsabilidad fiscal, ya que está regulado de manera especial por las leyes 610 de 2000 y 1474 de 2011, las cuales no la contemplan.
En el documento se ordena a la Contraloría “dejar sin efecto única y exclusivamente la condena de responsabilidad fiscal impuesta a los señores Gustavo Francisco Petro Urrego, María Mercedes Maldonado Copello, Alberto José Merlano Alcocer y Gerardo Ignacio Ardila Calderón y dejar sin efectos la inclusión de cada uno en el boletín de responsables fiscales de la Contraloría y en el registro de inhabilidades de la Procuraduría”.
Aunque los magistrados confirmaron que efectivamente sí se presentó una violación al debido proceso por parte de la entidad, además de afirmar que los implicados fueron sancionados sin que existiera un fundamento legal para esto. Sin embargo, la sala consideró que no lograron acreditar que hubieran tenido gastos de servicios jurídicos, perjuicios materiales o haber sufrido daños emocionales a causa de este proceso para ser indemnizados.
Tras la decisión, el presidente Gustavo Petro señaló a través de su cuenta de X: “El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ha hecho justicia con nuestra política de aseo: ‘Basura Cero’. Lástima que el distrito la haya destruido. Destruyó no solo ‘Basura Cero’, sino el metro subterráneo, la red de tranvías, el sistema preventivo de salud, ‘Jóvenes en Paz’, el cuidado de los humedales, la vivienda social en el centro, y la reserva forestal del norte. Solo sobrevive el gran salto en calidad de la educación pública. Bogotá Humana fue reemplazada por lo de siempre: especulación inmobiliaria y TransMilenio”.
Para Petro, esta multa vulneró sus derechos políticos, por eso invocó en la demanda la violación del artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos, así como apartados de la Constitución. En los cuatro cargos, su defensa también argumentó que no se cumplió con el debido proceso en la Contraloría. Desde 2018, el presidente había calificado esta sanción como una “multa impagable” y la señaló de vulnerar sus derechos políticos.
Gina Amariles