El presidente Gustavo Petro anunció que Colombia suspenderá las exportaciones de carbón a Israel, debido a que ese país aún no cesa los ataques contra la población civil en Gaza.
En su cuenta oficial de X, el mandatario escribió: “Vamos a suspender las exportaciones de carbón a Israel hasta que detenga el genocidio”.
En esa misma publicación, mandatario publicó el borrador de decreto del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo que estará disponible en la página oficial de esa cartera para recibir comentarios entre los próximos 11 y 17 de junio.
El proyecto de Decreto “por el cual se establece una prohibición a las exportaciones de carbón a Israel” en sus considerandos hace un recuento las graves violaciones a los derechos humanos atribuidos a Israel contra el pueblo palestino en la franja de Gaza (…) por lo anterior, la República de Colombia ha decidido establecer una medida de prohibición a las exportaciones de carbón hacia Israel”.
Y agrega:” dicha medida se justifica bajo el artículo XX(a) del GATT 1994, ya que éste permite a los Países Miembros de la OMC la implementación de medidas necesarias para proteger la moral pública. En tanto el Órgano de Solución de Diferencias de la OMC les permite a los Miembros definir dicho concepto, para la República de Colombia proteger la moralidad pública implica proteger la idea del Estado social y democrático de derecho, es decir, proteger la dignidad humana, la igualdad, la democracia y el cumplimiento de derechos humanos”.
La medida anunciada ha generado diferentes reacciones. Desde Analdex indicaron que el proyecto de decreto que tiene listo el Ministerio de Comercio Exterior “Tiene unas líneas rojas que son traspasadas por este proyecto. En primer lugar, viola la Constitución Nacional porque el Ejecutivo no puede establecer ese tipo de prohibiciones por razones morales”, así lo afirmó Javier Díaz Molina, presidente de esa agremiación, quien agregó que se deben tener otras consideraciones comerciales.
Así mismo, Molina sostuvo que “viola los contratos privados que se tienen con los titulares de las empresas mineras exportadoras, pero también traspasa y viola el Tratado de Libre Comercio que tenemos vigente con Israel, el TLC con Israel. Creo que, a todas luces, este proyecto de decreto resulta inconveniente desde el punto de vista jurídico y desde el punto de vista comercial”.
Por su parte, el exministro de Hacienda, José Manuel Restrepo, dijo que Colombia “perdería exportaciones por valor USD450 millones en carbón térmico a Israel, que hoy representan $650.000 millones de pesos al año en impuestos”.
De acuerdo con el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas (DANE), entre enero y agosto del 2023 Colombia exportó a Israel USD $375 millones, de los cuales 93% corresponde a productos minero-energéticos, en especial carbón (hullas térmicas y briquetas), los cuales son considerados “productos estratégicos para la fabricación de armas, la movilización de tropas, la fabricación de provisiones para operaciones de uso militar”.
El proyecto de Decreto, igualmente, dice que la restricción no aplicará a los embarques debidamente autorizados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y que cumplan los requisitos de ley, ni a los negocios jurídicos perfeccionados hasta el 30 de abril de 2024.
En cuanto a la vigencia, el proyecto de norma señala que entrará a regir transcurridos cinco días calendarios después de su publicación en el Diario Oficial “y tendrá vigencia hasta que se cumplan a cabalidad las órdenes de medidas provisionales emitidas por la Corte Internacional de Justicia en el Proceso de la aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio en la Franja de Gaza que interpuso Sudáfrica a Israel.
Paola Martínez Burgos