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18 septiembre, 2026El Tribunal negó la aclaración solicitada por la Cancillería y dejó vigente la medida cautelar adoptada el 3 de septiembre.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca mantuvo la suspensión provisional del convenio para la expedición de pasaportes entre la Cancillería y la Imprenta Nacional de Colombia. La decisión fue conocida este jueves 17 de septiembre y negó la solicitud de aclaración presentada por el Ministerio de Relaciones Exteriores frente al auto del pasado 3 de septiembre.
La decisión quedó en manos del magistrado ponente Moisés Rodrigo Mazabel, quien consideró que la providencia inicial era clara sobre el alcance de la medida cautelar. Por ello, la suspensión continúa bajo los términos establecidos en la decisión original.
La Cancillería deberá definir cómo continúa el servicio
El Ministerio había pedido al Tribunal precisar cómo garantizar la expedición y entrega de los pasaportes mientras se adopta una decisión definitiva dentro del proceso.
El despacho respondió que no le corresponde asumir la dirección de las medidas de contingencia. Según el Tribunal, la Cancillería debe revisar y definir las acciones necesarias para garantizar la continuidad del servicio.
La Imprenta Nacional también había solicitado una precisión sobre sus facultades para la personalización, suministro y distribución de las libretas que permanecen en inventario.
Frente a esa solicitud, el Tribunal sostuvo que el juez no puede sustituir a la administración en la planeación o ejecución de las medidas que correspondan. Tampoco le corresponde establecer anticipadamente qué mecanismo contractual, presupuestal o logístico debe utilizar el Gobierno.
¿Qué está en discusión?
La controversia se encuentra dentro de una acción popular presentada por Nicolás Dupont Bernal contra el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Imprenta Nacional de Colombia.
El proceso cuestiona el esquema utilizado para la personalización, custodia y distribución de las libretas de pasaportes. El Tribunal había decretado el 3 de septiembre la suspensión provisional de los convenios que soportan ese modelo.
La medida cobija el Convenio Interadministrativo Específico 001 de 2025 y el CI-005 de 2026, además de los contratos y convenios derivados de ellos. La decisión también ordenó a las entidades involucradas presentar información detallada sobre la ejecución y el estado del modelo.
Entre los datos solicitados están las actividades efectivamente ejecutadas, las fases implementadas, los compromisos contractuales y el cronograma actualizado. El Tribunal también pidió soportes que permitan establecer el estado real de implementación del modelo de pasaportes.
La suspensión no es todavía una decisión de fondo
El nuevo pronunciamiento no resuelve de manera definitiva la controversia sobre el convenio. Lo que hace es mantener vigente la medida cautelar mientras continúa el estudio de la acción popular.
La decisión adquiere relevancia para los ciudadanos porque el propio Tribunal había advertido en su auto inicial que la medida cautelar no podía traducirse en la interrupción, limitación o suspensión del acceso al servicio público de expedición de pasaportes.
Por ahora, la responsabilidad de establecer las medidas para mantener la atención recae en la administración. El Gobierno deberá definir cómo manejará las libretas disponibles y qué esquema utilizará mientras permanece suspendido el convenio cuestionado.
El siguiente capítulo dependerá del avance de la acción popular y de la información que entreguen las entidades. La discusión de fondo determinará el futuro del modelo de expedición de pasaportes, mientras la Cancillería enfrenta el reto inmediato de garantizar que los ciudadanos puedan continuar accediendo al documento.




