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Murales, vallas, pendones y pasacalles que se instalen en Bogotá deben cumplir con normatividad ambiental

La Secretaría de Ambiente hizo un llamado a todas las personas y marcas comerciales que deseen utilizar publicidad exterior visual como murales, vallas, afiches, avisos, tableros electrónicos, pasacalles, pendones, colombinas, carteleras, mogadores, globos, entre otros, deben ajustarse al marco legal y cumplir con los requerimientos técnicos que están dispuestos en la reglamentación.

“Queremos recordarles a las marcas comerciales, a las agencias de publicidad y a los propietarios de edificios y de elementos de publicidad que es su obligación cumplir con la normatividad ambiental y de publicidad exterior visual. Está claramente establecido, en dos decretos distritales, cuáles son los elementos de publicidad exterior visual y las dimensiones que están permitidas”, aseguró la secretaria de Ambiente, Carolina Urrutia.

La Secretaría de Ambiente hace un llamado especial a todas las marcas comerciales para que no empleen elementos publicitarios no permitidos, se ajusten y cumplan con toda la normatividad ambiental establecida para la publicidad exterior visual en Bogotá.

Precisamente, la autoridad ambiental ya adelanta 3.925 procesos sancionatorios contra empresas que presuntamente estaban infringiendo la normatividad ambiental al emplear elementos prohibidos de publicidad exterior visual. Empresas que promocionan series, televisión por demanda, licores, proyectos de vivienda, lácteos, entre otras, deberán responder por esta conducta, donde se le respetará el debido proceso.

“Hemos notado, en los últimos meses, una frecuencia mayor de estos elementos no permitidos en Bogotá, marcas de lácteos, de televisión por demanda, de licores que desafortunadamente están incumpliendo la norma. La Secretaría de Ambiente quiere hacer un llamado a que cumplamos la norma, está claramente establecido que los afiches, carteles y papeles que se pegan en los muros de la ciudad están prohibidos”, agregó la funcionaria del distrito.

Los procesos sancionatorios se adelantan sobre 48 vallas convencionales para obras comerciales, 150 por vallas tubulares y 65 por murales. De los 3925 procesos sancionatorios 908 se iniciaron entre 2020 y 2021.

A la fecha, la Secretaría de Ambiente ha realizado más de 148 operativos de control y 211 acciones de sensibilización en materia de publicidad exterior visual y en zonas de mayor densidad en Bogotá, además, ha intervenido más de 2.852 establecimientos que utilizan este tipo de elementos.

Quienes incumplan la normatividad ambiental en materia de publicidad exterior visual podrán ser objeto de medidas preventivas de suspensión de actividades y retiro inmediato de la publicidad, además, de la imposición de sanciones consistentes en multas de hasta 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, como lo establece la Ley 1333 de 2009.