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7 noviembre, 2025¿Por qué esta medida solo aplica para mujeres afiliadas a Colpensiones y excluye a quienes cotizan en fondos privados?
A partir del 1 de enero de 2026, las mujeres en Colombia que cumplan 57 años podrán acceder a la pensión de vejez con una reducción progresiva en el número de semanas cotizadas requeridas. Esta modificación aplica exclusivamente para quienes estén afiliadas al régimen de prima media administrado por Colpensiones, y está respaldada por el artículo 76 de la Ley 2294 de 2023, correspondiente al Plan Nacional de Desarrollo.
Actualmente, el sistema exige 1.300 semanas cotizadas para acceder a la pensión de vejez en el régimen público. Con la nueva medida, ese requisito se reducirá gradualmente en 50 semanas por año, hasta llegar a un mínimo de 1.000 semanas en 2030. Es decir, una mujer que cumpla 57 años en 2026 podrá pensionarse con 1.250 semanas; en 2027, con 1.200; y así sucesivamente hasta alcanzar el umbral mínimo en 2030.
La medida no modifica la edad de pensión, que se mantiene en 57 años para mujeres y 62 años para hombres, cuyo requisito permanece en 1.300 semanas. Tampoco aplica para quienes estén afiliadas al régimen de ahorro individual, como los fondos privados, ni para quienes ya hayan cumplido la edad de pensión antes de 2026. El beneficio está limitado a mujeres que cumplan 57 años a partir del 1 de enero de 2026 y que estén afiliadas a Colpensiones.
El objetivo de esta disposición es mitigar las desigualdades estructurales que enfrentan las mujeres en el mercado laboral, especialmente en lo relacionado con la acumulación de semanas cotizadas. Factores como la informalidad, las interrupciones laborales por tareas de cuidado y las brechas salariales han dificultado históricamente el acceso de las mujeres a la pensión de vejez en igualdad de condiciones.
La Ley 2294 de 2023 establece que esta reducción progresiva será monitoreada por el Ministerio del Trabajo, en coordinación con Colpensiones y la Superintendencia Financiera. Las entidades deberán garantizar la aplicación efectiva de la norma y ofrecer canales de orientación para las mujeres que deseen verificar su historial de cotización y proyectar su acceso a la pensión bajo el nuevo esquema.
El cálculo del monto de la pensión no se verá alterado por esta medida. El valor seguirá dependiendo del número de semanas efectivamente cotizadas y del promedio salarial del afiliado. La reducción de semanas solo modifica el umbral mínimo requerido para acceder al derecho pensional, sin afectar el régimen de liquidación ni los parámetros actuariales vigentes.
Juan Joya




