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Mintransporte recuerda condiciones que deben cumplir los colombianos que deban movilizarse

Solo las personas que están dentro de las 41 excepciones del Decreto 593 de 2020 (vigente hoy) pueden movilizarse. Para hacerlo, no necesitan ningún tipo de permiso especial, solo deben tener una prueba razonable que demuestre que hacen parte de las excepciones señaladas por dicho Decreto. Desde el lunes 11 de mayo y hasta el 25 de mayo, estarán vigentes las 46 excepciones previstas en el Decreto 636 del 6 de mayo de 2020.

Para dar mayor claridad sobre quiénes pueden movilizarse y quiénes no, en la página https://clyt.mintransporte.gov.co/ el Ministerio de Transporte ha dispuesto un formulario para que los colombianos puedan revisar si hacen parte de las actividades exceptuadas. Con esto, las personas podrán identificar, con mayor certeza, si su desplazamiento está exceptuado según las normas expedidas por el Gobierno nacional para hacerle frente a la emergencia sanitaria. 

“Ni el Ministerio de Transporte, ni el Centro de Logística y Transporte están expidiendo permisos para movilizarse. Todos sabemos que debemos quedarnos en casa y solo pueden movilizarse quienes estén dentro de las actividades exceptuadas, siempre cumpliendo con los protocolos de bioseguridad definidos para los diferentes modos de transporte y los sectores reactivados”, manifestó la Viceministra de Transporte, Carmen Ligia Valderrama.

Los desplazamientos también se pueden hacer en vehículos privados, motos y bicicletas, una muy buena alternativa pues genera un distanciamiento físico natural y ayuda a descongestionar otros modos de transporte. En estos medios también deben usarse las medidas de bioseguridad definidas en los protocolos, como el uso de tapabocas y el lavado frecuente de manos.