El Ministerio de Salud anunció importantes cambios en las reglas de asignación de afiliados a Entidades Promotoras de Salud (EPS) que estén en proceso de liquidación o retiro. Mediante el Decreto 719 de 2024, el Gobierno busca garantizar la continuidad del aseguramiento y la prestación del servicio de salud para los afiliados afectados por estas situaciones.
“Con este documento se busca asegurar la atención de los pacientes afectados por el retiro o liquidación voluntaria, de la revocatoria de la autorización de funcionamiento o de la certificación de habilitación, o de la intervención forzosa administrativa para liquidar de las Entidades Promotoras de Salud – EPS”, resalta el texto del decreto.
El decreto también modifica las condiciones del mecanismo de movilidad para cumplir con el artículo 35 de la Ley 1438 de 2011. En caso de liquidación o retiro voluntario, parcial o total de una EPS, se garantizará que exista como mínimo una EPS receptora en cada municipio, asegurando así la continuidad en el aseguramiento y la prestación del servicio de salud.
“Esta medida se adopta, toda vez que, con las anteriores reglas de asignación forzosa, según datos de la Superintendencia Nacional de Salud, con corte a marzo de 2024, 612 municipios no contarían con EPS receptoras en el régimen contributivo y 556 para el régimen subsidiado”, explica el documento.
Además, el decreto busca dar cumplimiento efectivo al artículo 35 de la Ley 1438 de 2011, permitiendo que los afiliados del régimen subsidiado que adquieran condiciones para cotizar, puedan permanecer en la misma EPS, pagando los aportes obligatorios del régimen contributivo, según corresponda.
“Corregir la situación que se presentaba, relacionada con el no cumplimiento de requisitos por parte de EPS del régimen contributivo al recibir afiliados del régimen subsidiado, es así como con corte al mes de abril de 2024, existen 5,29 millones de afiliados del régimen subsidiado en EPS del régimen contributivo que no cumplen con las exigencias normativas propias de las EPS del régimen subsidiado, a pesar de que reciben recursos de este último”, señala la norma.
El Ministerio de Salud subraya que las EPS del régimen contributivo que deseen mantener afiliados del régimen subsidiado deberán solicitar autorización a la Superintendencia Nacional de Salud para operar en ambos regímenes. “Se buscará garantizar el acceso a los servicios de salud en todo el territorio nacional, a través del fortalecimiento de la red pública hospitalaria, aplicando la normatividad vigente en materia de contratación en el régimen subsidiado”, puntualizó el ministerio.
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