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25 noviembre, 2025La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) anunció este martes 25 de noviembre que impuso sanciones contra diez empresas que promocionaron bienes y servicios a través de medios electrónicos durante el Black Friday de 2024. Según informó la entidad, estas medidas son el resultado de un monitoreo adelantado sobre más de 60 establecimientos, con el fin de verificar el cumplimiento de las normas de protección al consumidor en el comercio digital.
Por lo anterior, explicaron que el resultado fue a raíz de la revisión de información, garantías y condiciones ofrecidas durante una de las temporadas de mayor volumen de ventas del año. De acuerdo con la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor, las compañías sancionadas operan ampliamente en comercio electrónico y aprovecharon el Black Friday para impulsar sus productos. Entre ellas se encuentran Bigfoot Colombia S.A.S., Olímpica S.A., Lagobo Distribuciones S.A.S., Sigla L.G.B. S.A.S., Airlaf Internacional S.A.S., Nueve Nueve Dos S.A.S., Comercializadora Baldini S.A., Makro Supermayorista S.A.S., Almacenes Máximo, Sodimac Colombia S.A. e Inversiones Blo S.A.S. “Se impusieron multas por un total de $3.068 millones”, señalaron.
Las sanciones se originaron por diversas infracciones que afectaron la claridad y veracidad de la información ofrecida a los consumidores. Entre ellas, la SIC destacó el incumplimiento en la entrega de datos sobre las condiciones para acceder a las promociones. “Varias empresas no informaron si los descuentos eran acumulables, si existían límites de unidades por persona o los términos de entrega”, explicó la autoridad. Estas omisiones, según indicó, impidieron que los compradores conocieran plenamente el alcance de las ofertas.
Otra de las fallas encontradas está relacionada con la ausencia de información sobre los productos en promoción. La SIC reportó que algunas de las empresas no especificaron cantidad, calidad ni características esenciales, además de no explicar los derechos de retracto y reversión de pago. “Los consumidores no tuvieron acceso previo a la información necesaria para tomar decisiones informadas”, agregaron y, enfatizando que estos elementos deben comunicarse antes de la aceptación de la oferta.
La entidad también cuestionó exigencias indebidas impuestas por varios establecimientos, como pedir la factura o documentos adicionales para hacer efectiva la garantía. A esto se suma la falta de datos claros sobre la persona jurídica que asumía la relación de consumo. “En algunos casos, ni siquiera se suministró información fidedigna, suficiente y actualizada sobre origen, componentes y cuidados del producto”, manifestaron y además, advirtieron que ello incumple el estándar mínimo de transparencia exigido por ley.
El comunicado escrito menciona además la ausencia de canales apropiados para recibir peticiones, quejas y reclamos, así como la falta de enlaces visibles que dirigieran a la página oficial de la SIC. También se identificó la inclusión de cláusulas que restringían el derecho de retracto y afectaban la reposición de tarjetas de regalo en casos de pérdida o extravío. “Estos elementos vulneran el derecho de los consumidores a reclamar y obtener soluciones efectivas”.
La Superintendencia destacó que estas decisiones buscan reforzar la transparencia del comercio electrónico y proteger a quienes compran productos de consumo masivo. “Reafirmamos nuestro compromiso con los derechos de los consumidores y con garantizar seguridad jurídica en las transacciones”. Además, recordó que es fundamental que las personas cuenten con información adecuada para ejercer sus derechos de manera efectiva. Finalmente, la SIC anunció que para el Black Friday de 2025 continuará intensificando las labores de vigilancia; igualmente extendieron la invitación a los compradores a mantenerse informados y a reportar cualquier irregularidad que encuentren en plataformas digitales.
Dayineth Isabel Molina Velásquez




