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La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), a través de la resolución 95096 de 2025, sancionó a Comcel S.A. (Claro) con una multa superior a los $2.013 millones, tras determinar que la compañía rechazó múltiples solicitudes de portabilidad numérica. Según la Dirección de Investigaciones de Protección de Usuarios de Servicios de Comunicaciones, la empresa argumentó la existencia de una supuesta mora asociada a líneas de beneficiarios del programa “Última Milla Móvil MINTIC 1 – NavegaTIC”.
El programa NavegaTIC fue ejecutado por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) con el propósito de promover la inclusión digital. Su alcance contemplaba la entrega de planes móviles gratuitos a estudiantes de instituciones educativas oficiales y a población en condición de vulnerabilidad, principalmente en estratos 1 y 2 de diferentes municipios del país. Los beneficiarios recibían navegación con datos, minutos ilimitados para llamadas nacionales y acceso sin consumo de datos a páginas y aplicaciones de interés educativo y ciudadano.
En las condiciones del programa se establecía que los usuarios que decidieran portar su línea a otro operador perderían el beneficio otorgado por el MinTIC. Sin embargo, Claro interpretó esta disposición como una deuda pendiente o “mora” y, con base en esa interpretación, rechazó las solicitudes de portabilidad numérica. La SIC concluyó que la compañía no logró acreditar la existencia real de la supuesta mora, lo que configuró un incumplimiento del régimen de portabilidad.
La portabilidad numérica es un derecho que garantiza a los usuarios la posibilidad de conservar su número telefónico al cambiar de operador. Este mecanismo busca evitar barreras en el mercado y asegurar la libertad de elección individual. La conducta de Claro fue considerada grave por la autoridad, al vulnerar directamente este derecho y limitar la competencia en el sector de telecomunicaciones.
La multa de más de $2.013 millones fue impuesta en primera instancia y podrá ser objeto de recurso de reposición ante la Dirección de Investigaciones de Protección de Usuarios de Servicios de Comunicaciones, así como de apelación ante la Superintendencia Delegada para la Protección del Consumidor. Estos mecanismos administrativos abren la posibilidad de que la compañía controvierta la decisión.
La resolución se inscribe dentro de las actuaciones de vigilancia y control que adelanta la Superintendencia de Industria y Comercio en el sector de telecomunicaciones, con el objetivo de verificar el cumplimiento de las normas que garantizan los derechos de los usuarios.
Juan Joya




