El director de la entidad despejó las dudas al respecto.
A pocos días para que termine el plazo para la declaración de renta ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales-Dian. Con el propósito de evitar sanciones, los colombianos que cumplen con ciertos requisitos deben atender el trámite.
En medio de esta etapa final, Luis Carlos Reyes, director de la Dian, se refirió a uno de los puntos que han suscitado dudas entre los contribuyentes: las transacciones entre las denominadas billeteras digitales, como Nequi y Daviplata. ¿Serán tenidas en cuenta al declarar renta?
Tenga en cuenta que la declaración de renta es la información que da cuenta a la Dian para de esta manera calcular lo que debe pagar de tributo, basándose en su capacidad de pago. El cual corresponde al valor que las personas aportan al Estado, sean independientes o empleados, sobre las ganancias, salarios, compras, comisiones y otros ingresos adicionales generados durante el año pasado.
Inicialmente, durante enero de este año, la Dian sostuvo que las transacciones realizadas en Nequi o Daviplata no se tendrían en cuenta en la declaración de renta. Sin embargo, tiempo después emitió un nuevo concepto al respecto.
Asimismo, para febrero de 2023, la Dian declaró que aquellas operaciones realizadas en este tipo de plataformas cumplen con requisitos del artículo 771-5 del Estatuto Tributario.
Así las cosas, este tipo de operaciones están sujetas al reconocimiento fiscal como costos. “Los pagos que se efectúen a través de los depósitos de bajo monto y los depósitos ordinarios, tanto los ofrecidos por las Sociedades Especializadas en Depósitos y Pagos Electrónicos (Sedpe) como por los establecimientos de crédito, están sujetos al reconocimiento fiscal como costos, deducciones, pasivos e impuestos descontables de que trata el artículo 771-5”.
De esta manera, indicaron que estos depósitos que son de bajo monto u ordinarios que se desarrollan en aplicaciones como Nequi o Daviplata son de tipo transaccional. Lo cual implica que existe un contrato de depósito en donde intervienen entidades sujetas a regulación en el régimen financiero y por ende son susceptibles a ser vigiladas.
Por otro lado, Nequi mencionó que las personas que deben hacer la declaración de renta pueden descargar su certificado en http://www.nequi.co. Luego de eso, se debe ingresar a la cuenta con el número de celular y la clave. Posteriormente, en la sección Documentación se indica el año y se puede descargar el certificado.
En la popular red social Tik Tok, Luis Carlos Reyes, director de la Dian, respondió a un usuario que bromeaba sobre las transacciones digitales: “Cuando la Dian me pide declaración de renta por estarme pasando plata de Bancolombia a Nequi”, señaló.
@luiscarlosrh #duet with @Ricardo Llamas #dilealqueteestainformando ♬ sonido original – KatoUggo
Por lo que el Reyes le recordó el artículo 594-3 del Estatuto Tributario. Según la normativa, no están obligados a declarar renta quienes tengan un “valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, durante el año gravable que no exceda de 1.400 UVT”. Es decir, aquellos que no superen los 53,206,000 millones de pesos.
Caso contrario para quienes rebasaron dicho monto. “Si hizo transacciones superiores a 53.2 millones de pesos durante el año, debe declarar renta”, puntualizó el director de la Dian.
Juan Camilo Joya