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6 julio, 2026La medida permanecerá vigente hasta que el Gobierno Nacional y la Fuerza Aeroespacial Colombiana ajusten los procedimientos de las operaciones aéreas para incorporar mecanismos que permitan identificar y proteger a niños, niñas y adolescentes vinculados a grupos armados ilegales.
El Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito de Arauca ordenó la suspensión temporal de los bombardeos contra estructuras de grupos armados organizados en ese departamento, mientras las autoridades revisan y modifican los protocolos que regulan este tipo de operaciones militares para fortalecer la protección de menores de edad reclutados por organizaciones ilegales.
La decisión fue adoptada al resolver una acción de tutela presentada por el personero del municipio de Puerto Rondón, quien dirigió la solicitud contra la Fuerza Aeroespacial Colombiana, la Presidencia de la República, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación. Durante el trámite judicial también fue vinculado el Ministerio de Defensa.
La tutela pedía fortalecer los protocolos de bombardeo
En la acción judicial, el personero solicitó la implementación de un protocolo específico para las operaciones aéreas, que incluyera mecanismos para verificar la posible presencia de menores de edad, evaluar el impacto sobre la población civil y garantizar la aplicación de los principios de necesidad militar, distinción, precaución y proporcionalidad, establecidos por el Derecho Internacional Humanitario.
Aunque la Fuerza Aeroespacial Colombiana informó que ya cuenta con procedimientos para planear operaciones de ataque estratégico, interdicción aire-tierra y apoyo aéreo cercano, el juez concluyó que dichos lineamientos no contemplan una verificación concreta sobre la eventual presencia de menores reclutados dentro de los grupos armados que son objetivo de estas operaciones.
El juez advierte un riesgo para la vida e integridad de los menores
En el fallo, el despacho judicial señaló que los protocolos actuales no incluyen una validación efectiva sobre la presencia de niños, niñas y adolescentes vinculados a organizaciones armadas ilegales.
“Ninguna de tales verificaciones comprende o está encaminada a validar la efectiva presencia de menores cuando estos son integrantes de las organizaciones criminales, objeto de ataque”, indicó el juez en la providencia.
Asimismo, el despacho advirtió que esta omisión representa un riesgo para los derechos fundamentales de los menores, recordando que los niños y adolescentes reclutados por grupos armados son considerados víctimas del conflicto armado y, por tanto, sujetos de especial protección bajo el Derecho Internacional Humanitario, independientemente de las circunstancias de su vinculación.
Gobierno tendrá dos meses para modificar los protocolos
Como parte de la decisión, el juez ordenó al presidente de la República, al ministro de Defensa y al comandante de la Fuerza Aeroespacial Colombiana revisar y ajustar los procedimientos de planeación de las operaciones aéreas en un plazo máximo de dos meses.
La orden establece que deberán agotarse todas las medidas de inteligencia y capacidades operacionales disponibles para identificar la posible presencia de menores de edad dentro de los grupos armados que sean considerados objetivos militares, antes de autorizar cualquier bombardeo.
Las operaciones seguirán suspendidas mientras se implementan los cambios
El fallo también dispone que, una vez sean modificados los protocolos, las autoridades deberán socializarlos entre las unidades tácticas que operan en Arauca y desarrollar jornadas de capacitación en Derecho Internacional Humanitario, con especial énfasis en la protección de niños, niñas y adolescentes víctimas del reclutamiento forzado.
Mientras se cumplen estas órdenes, la Fuerza Aeroespacial Colombiana deberá mantener suspendidos los bombardeos contra estructuras de grupos armados organizados en el departamento de Arauca.
Además, la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) fueron designados para acompañar y verificar el cumplimiento de las medidas ordenadas por el juez.
Fuente: decisión del Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito de Arauca.
Sala Digital Colmundo




