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El Juzgado 27 Penal de Medellín emitió este 20 de febrero una orden de arresto por 48 horas contra dos altos funcionarios de la Nueva EPS: el agente interventor Luis Óscar Gálvez Mateus y el gerente regional Noroccidente, Carlos Andrés Vasco Álvarez. La decisión se fundamenta en un incidente de desacato a una acción de tutela que buscaba garantizar atención médica urgente para una paciente con graves complicaciones cardíacas.
La medida judicial tiene como origen el caso de Blanca Aurora Uribe de Restrepo, quien permanece en la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital Manuel Uribe Ángel, en Envigado. La acción fue promovida por Mónica Isabel Restrepo en calidad de agente oficiosa, con el objetivo de asegurar un procedimiento especializado que había sido ordenado por los médicos tratantes y respaldado por el fallo de tutela. El juzgado había dispuesto desde semanas atrás el traslado inmediato de la paciente a una institución con disponibilidad en la especialidad de electrofisiología.
El procedimiento requerido, descrito en el expediente, consiste en el retiro de un marcapasos y la implantación de un nuevo dispositivo bicameral, intervención considerada de alta complejidad. Sin embargo, pese a la claridad de la orden judicial, la paciente no ha sido trasladada ni se ha autorizado el tratamiento. El despacho verificó directamente con la familia el 17 de febrero que el estado de salud de la señora Uribe se deteriora progresivamente, sin que se haya cumplido la instrucción impartida.
En el auto de desacato, el juez dejó constancia de que los funcionarios fueron notificados formalmente a sus correos institucionales, pero no respondieron a los requerimientos. La ausencia de pronunciamiento fue calificada como silencio administrativo y motivó la imposición de la sanción. El despacho aplicó lo dispuesto en los artículos 27 y 52 del Decreto 2591 de 1991, que facultan a los jueces para imponer arrestos y multas en casos de incumplimiento de tutelas.

La sanción no constituye una condena penal, sino una medida correctiva destinada a obligar a los responsables a cumplir de manera inmediata con lo ordenado. En este tipo de incidentes, el arresto funciona como mecanismo de presión para garantizar la ejecución de la decisión judicial, en este caso, la atención médica urgente de la paciente.
El caso se inscribe en un panorama más amplio de dificultades en el acceso oportuno a servicios de salud en Colombia. En las últimas semanas también se conoció el fallecimiento de un menor de siete años con hemofilia, cuya familia denunció demoras en la entrega de medicamentos esenciales. Ambos episodios reflejan la recurrencia de acciones judiciales interpuestas por los usuarios para obtener tratamientos especializados y ponen de relieve la importancia del cumplimiento efectivo de las órdenes judiciales en el sector salud.
Juan Joya




