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4 septiembre, 2025La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) resolvió de manera definitiva la situación jurídica de cuatro comparecientes implicados en casos de ‘falsos positivos’ ocurridos en 2007 en Casanare y Boyacá. Se trata del mayor retirado Jorge Alexander Gómez Bernal, el cabo primero retirado Nelson Vladimir Hernández Cárdenas —ambos del Grupo de Caballería Montado No. 16 ‘Guías del Casanare’—, así como de los exagentes del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), Jaime Alexander Romero Vargas y Pedro Antonio Sarmiento Becerra.
Los comparecientes aceptaron plenamente su participación en los asesinatos de Ernesto Cruz Guevara y José Holman Rodríguez, quienes fueron presentados ilegítimamente como bajas en combate.
Beneficios no sancionatorios
La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP concedió por primera vez beneficios no sancionatorios como la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena (SCEP) y la Extinción de la Responsabilidad y Sanciones (ERYS). Además, a Pedro Antonio Sarmiento Becerra se le aplicó la Renuncia a la Persecución Penal (RPP) tras confesar su participación en el homicidio de Rodríguez, crimen por el que no había sido investigado penalmente.
La magistrada Sandra Jeannette Castro Ospina y el magistrado Carlos Alberto Suárez López explicaron que estos tratamientos penales especiales no tienen como objetivo la cárcel, sino la verdad plena, la reparación simbólica de las víctimas y el esclarecimiento de patrones de macrocriminalidad.
Reconocimientos y perdón
Durante el proceso, los comparecientes revelaron prácticas sistemáticas como la alteración de escenas del crimen, la elaboración de informes falsos y el uso de estrategias ilegítimas de inteligencia para señalar a civiles inocentes como guerrilleros.
El exagente Pedro Antonio Sarmiento Becerra expresó un reconocimiento directo ante la familia de una de las víctimas:
“En honor a la verdad, con mi mano en el corazón, con profundo dolor en mi alma y con la incesante búsqueda de su perdón, presento mi responsabilidad en el lamentable suceso que conllevó al terrible desenlace de aquel fatídico 22 de abril de 2007”.
Medidas restaurativas
La JEP ordenó que los comparecientes participen en la segunda fase del proyecto ‘Camino de la Memoria’, que incluye un acto público en Aguazul (Casanare) con la instalación de una placa en homenaje a las víctimas y un pedido de perdón a las familias y la sociedad.
Asimismo, el Ministerio de Defensa deberá impedir la reincorporación de los comparecientes a la Fuerza Pública y utilizar la emisora del Ejército Nacional para difundir un mensaje de reconocimiento de responsabilidad.
También se compulsaron copias a la Fiscalía para investigar a otros posibles responsables, entre ellos el entonces jefe del grupo táctico del DAS, Carlos Alberto Paipilla, y un civil identificado como Rodrigo Montaña Roa.
Con esta decisión, la JEP ha resuelto la situación jurídica definitiva de 144 comparecientes de la fuerza pública involucrados en crímenes no amnistiables durante el conflicto armado.
La Jurisdicción reiteró que estos beneficios transicionales están sujetos a un estricto régimen de condiciones y que cualquier incumplimiento revocará las medidas, enviando los procesos nuevamente a la justicia ordinaria.




