La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), anunció que le dará otra oportunidad al ex senador del Partido Conservador de Colombia, Julio Manzur Abdala. Este pronunciamiento se presentó después de que la Sección de Apelación revocó el fallo en donde rechazaba al acusado por los nexos con los directores del paramilitarismo Salvatore Mancuso y Carlos Castaño, entre otros grupos en la zona de Córdoba.
Por su parte, la JEP entre sus reglamentos, suscita que Manzur deberá participar en la audiencia para aportar a la verdad. De esta manera, en los aportes entregados anteriormente con el exsenador, se espera que declare hechos que ocurrieron con su participación en el paramilitarismo, información nueva, campañas políticas y situaciones que involucren a las víctimas de conflicto armado en Córdoba.
En la revocatoria que la Jurisdicción presentó, reiteró : “aunque ante la JEP Manzur Abdala firmó un compromiso claro, concreto y programado y asistió a versiones de aporte temprano a la verdad, dichas actuaciones no alcanzaron los estándares exigidos por la Jurisdicción en el caso de terceros y agentes de Estado no integrantes de la fuerza pública. El documento y las declaraciones del exsenador fueron valorados por la Sala, que encontró que estos aportes no fueron amplios y exhaustivos, a la vez que no superaron lo probado en la jurisdicción ordinaria por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, especialmente frente a hechos relacionados con el fenómeno conocido como la parapolítica”.
Según la JEP, Julio Manzur, entre sus relaciones con el paramilitarismo, existieron convenios con las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) para apoyar a varias campañas de la Gobernación del departamento de Córdoba en el 2003. Además, deberá proporcionar los casos de multiplicidad en las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá (ACCU) y la AUC.
“Ordenar a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas que, en el término treinta (30) días calendario contados a partir de la notificación de esta providencia, lleve a cabo, mediante sala plena o subsala, una audiencia adicional de aporte a la verdad plena frente al compareciente –la última–, con participación del Ministerio Público”, reiteró la JEP.
Escrito por Catalina Hurtado Ladino