En una respuesta proactiva frente al desafío del déficit de precipitaciones provocado por el Fenómeno de “El Niño”, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) anunció la activación de medidas significativas para desincentivar el consumo excesivo de agua potable en todo el territorio colombiano.
La Directora Ejecutiva de la CRA, Ruth Maritza Quevedo Fique, destacó que esta iniciativa se lleva a cabo en concordancia con la Resolución UAE – CRA 39 DE 2024, emitida el 26 de enero de 2024. Esta resolución activa las medidas establecidas en la Resolución CRA 887 de 2019, consolidadas posteriormente en la Resolución CRA 943 de 2021. El objetivo principal es profundizar las señales que incentiven el uso racional del agua, una prioridad en medio de las condiciones climáticas adversas.
La CRA, en virtud de la Ley 373 de 1997, tiene la facultad de determinar los niveles de consumo excesivo de agua. En consonancia con esta autorización, los usuarios que superen los límites establecidos para cada piso térmico experimentarán un aumento en sus facturas de acueducto. La medida busca no solo regular el consumo sino también fomentar prácticas más eficientes y sostenibles en el uso del recurso hídrico.
Es crucial destacar que las empresas prestadoras del servicio de acueducto tienen la responsabilidad de implementar medidas concretas para garantizar el acceso al agua. Esto incluye el control y reducción de las pérdidas de agua, así como la exploración de medios alternativos, según lo establecido en sus planes de emergencia y contingencia.
La aplicación de esta medida regulatoria abarca la totalidad del territorio nacional y permanecerá vigente hasta que el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM) informe que los efectos del Fenómeno de “El Niño” sobre el déficit de precipitación han cesado.
Es relevante señalar que esta regulación no aplica para inquilinatos, hogares comunitarios de bienestar y sustitutos, ni para usuarios de áreas comunes de inmuebles residenciales bajo el régimen de propiedad horizontal. Esto permite focalizar la medida en aquellos sectores en los que se puede tener un impacto más significativo.
Un aspecto destacado de esta iniciativa es la asignación de los recursos recaudados por el desincentivo al consumo excesivo. Dichos recursos serán canalizados al Fondo Nacional Ambiental (FONAM), bajo la administración del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible-MADS. El FONAM utilizará estos fondos para financiar acciones dirigidas a la protección, reforestación y conservación de las cuencas hidrográficas que abastecen los acueductos municipales, así como para llevar a cabo campañas que promuevan el uso eficiente y el ahorro del agua.
En resumen, estas medidas no solo constituyen un esfuerzo para enfrentar las condiciones climáticas adversas, sino que también representan un paso firme hacia una gestión más sostenible y consciente del recurso hídrico en Colombia. La CRA, al liderar estas iniciativas, busca no solo mitigar los efectos del Fenómeno de “El Niño” sino también sentar las bases para un uso responsable del agua en el futuro.
Humberto ‘Toto’ Torres