Este miércoles 18 de diciembre, el Ministerio de Vivienda y el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), informaron que el programa de subsidio ‘Mi Casa Ya’ ha sido suspendido temporalmente, debido a la crisis presupuestal que atraviesa el Estado.
En un comunicado compartido por ambas entidades y que tiene como fecha el lunes 16 de diciembre, explicaron que replantearon aspectos relacionados con la ejecución de la política pública de vivienda, por lo que tomaron la decisión, producto del agotamiento de los cupos destinados a las coberturas de tasas de interés para créditos hipotecarios. Lo anterior fue teniendo en cuenta el entorno macroeconómico favorable que tienen en el mercado las tasas de interés de créditos hipotecarios promedio para VIS más bajas; y además, se suma la baja inflación proyectada por el Banco de la República “que permiten mejorar el contexto”.
Por lo tanto, manifestaron varios puntos que inicialmente señala: “Los cupos que se encontraban disponibles para el beneficio de las coberturas a la tasa de interés se han agotado, por tal razón, los hogares que no lograron la marcación para tomar el beneficio sobre el desembolso del crédito hipotecario o el inicio del contrato de leasing habitacional, a partir de la fecha, no contarán con dicho beneficio”.
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También dijeron que a partir de la fecha, la plataforma en la cual las personas se registran para preasignación del subsidio familiar de vivienda para compra de vivienda de interés prioritario (VIP), ha sido cerrada. No obstante, los que ya se encuentran en estado “Solicitante Preasignación Cumple”, van a mantener la reserva de ese cupo del subsidio, previo cumplimiento de requisitos del hogar y la disponibilidad presupuestal correspondiente. Esto permitirá “continuar con el proceso para ser acreedor del subsidio, reiterando que este proceso no lo hace beneficiario del mismo”.
En ese sentido, recalcaron que tener dicho cupo no significa que ya es beneficiario del subsidio. “Es necesario recordar que la postulación al programa no genera para Fonvivienda la obligación de asignar el subsidio. El estado “Interesado” es una simple manifestación de interés, lo cual no implica que el hogar ya cuente con un beneficio o derecho adquirido en el marco del programa”, apuntaron.
Para concluir, las entidades comunicaron que el programa de coberturas a la tasa de interés de vivienda de interés social, “debe adaptarse a la realidad fiscal del país”, y la aplicación de la misma debe considerar “el entorno de tasas más bajas y baja inflación”, con el fin de que la disponibilidad de los recursos sean dirigido de una manera eficiente a los hogares colombianos, particularmente, aquellos que presentan especiales condiciones de vulnerabilidad”.
Dayineth Isabel Molina Velásquez