Se presentó por segunda vez el documento que tiene como regla el contrato a término indefinido.
El Gobierno Nacional radicó este jueves la reforma laboral ante la Comisión Séptima de la Cámara, el mismo proyecto que no logró pasar el periodo legislativo anterior y se archivó antes de llegar a su primer debate en el Congreso. Esta nueva versión incluye 92 artículos, 14 más que el documento anterior, manteniendo los principales aspectos definidos desde el Ministerio de Trabajo con esta reforma al sistema laboral.
Uno de los referentes del proyecto es la vinculación mediante contrato de trabajo a término indefinido que será la regla general en este sistema, aunque también se podrán efectuar contratos de trabajo por tiempo determinado, obra labor o prestación de servicios, siempre y cuando se cumplan con las condiciones pactadas. Además, en esta versión de la reforma hay posibilidad de cotización en seguridad social a tiempo parcial. Posibilidad definida para tipos de vinculaciones como plataformas de reparto y contratos agropecuarios.
Al igual que la primera versión del documento, las críticas no se hicieron esperar. Quienes objetan la reforma refieren a la posibilidad de que aumente el desempleo en varios sectores económicos, por el alza en los costos en la operación de empresas y los gastos que puedan incrementarse en el pago de la nómina.
Asimismo, la reforma mantiene el capítulo de estabilidad reforzada en el que se refiere a la posibilidad de mejorar las condiciones de los trabajadores. Esto se establece en artículos como el 11, donde se estipula que las personas amparadas por el fuero sindical, por el fuero de estabilidad ocupacional reforzada, las mujeres en estado de embarazo y los pre pensionados solo podrán ser desvinculadas si existe una justa causa.
Otro tema controversial es la licencia de paternidad, la cual se mantiene igual que en la versión anterior, ya que el artículo 50 dicta que aumentaría progresivamente, para completar un periodo de doce semanas en 2026. En 2024 se incrementará a ocho; en 2025 a 10 y en 2026 a doce.
De otra parte, continúa la propuesta de cambiar la jornada nocturna de 7:00 p.m. a 6:00 a.m., cambio que ya se había socializado en el informe de ponencia de la primera reforma. De esta manera, se mantiene la propuesta de aumentar los recargos nocturnos y dominicales. Según el proyecto de reforma, a partir de julio de 2024 se incrementará el recargo por laborar en día de descanso obligatorio o de fiesta al 80%. A partir de julio de 2025 se incrementará al 90%, para así llegar a un incremento del 100% en julio de 2026.
También, se abordaron aspectos del teletrabajo desde el artículo 57 hasta el 61. En esta nueva versión, se incorporó un auxilio compensatorio de costos de valor de internet y energía para las modalidades de trabajo a distancia, lo que modifica el artículo 7 de la ley 1221 de 2008, donde se debe fijar un mutuo acuerdo.
Entre tanto, la oposición se pronunció frente a la radicación de esta versión, como el representante del Centro Democrático, Andrés Forero. El congresista señaló que: “el Gobierno no está buscando consensos ni concertación. Eso se ve reflejado en el nuevo texto radicado, el cual es prácticamente el mismo respecto al anterior. Esta nueva reforma no genera empleo ni reduce la informalidad, lo que sí hace es aumentar la conflictividad entre los trabajadores y empresarios del país”.
Juan Camilo Joya