Se abre una puerta con posibles barreras para acceder a la interrupción voluntaria del embarazo, con una reciente decisión de la Corte Constitucional sobre una tutela que impuso una mujer indígena contra una aseguradora indígena.
La providencia del alto tribunal, estudió la tutela que la joven ganó a la aseguradora indígena, ya que se negó a practicarle un aborto y ella señaló que de la sentencia de 2022 despenalizó el aborto, fundamentando que “no se deriva un derecho fundamental al aborto inducido hasta la semana 24 de gestación”.
Lo primero que se revisó fue la decisión sobre la tutela, la cual tomó la Sala Cuarta de Revisión, que está integrada por tres magistrados; mientras que la sentencia la tomó la Sala Plena, que la conforman los nueve magistrados de la Corte. Además, la primera sentencia no modifica a la segunda. Lo cual quiere decir que una mujer que decida abortar antes de la semana 24 no cometerá ningún delito y tampoco será juzgada por eso; así mismo, si después de este tiempo, se encuentra en peligro la vida de la madre, hay malformación del feto o si es producto de una violación.
Sumado a esto, la sentencia sobre el caso de la mujer indígena es una decisión que solo aplica para las partes en conflicto, es decir, a ella y a la entidad entutelada.
Así lo explica una abogada especialista en estudios de género al manifestar que “todo el peso jerárquico y el foco de atención debe estar no solo en este precedente de la Corte, sino en la sentencia que tiene efecto frente a todos”.
Con la aceptación de esta tutela, se podrá analizar cada pedido de IVE (aborto inducido) sea apta la solicitud o no lo sea, la sentencia afectará sobre todas, y quedaría servida una excusa que podrían usar en otros casos para no practicarlo de inmediato y sin trabas, como lo ordena la sentencia de 2022. Pues una EPS podría negarse a garantizar la entrada aduciendo que debe revisarlo.
Ante esto, el movimiento Causa Justa por el Aborto solicitó la nulidad de esa sentencia porque desconoce estándares que protegen el acceso al aborto y la Resolución 051 de 2023 del Ministerio de Salud.
Al respecto de esta situación, la pionera del Movimiento Causa Justa y cofundadora de La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, Ana Cristina González, habló con un medio de comunicación y dijo que la resolución del MinSalud siguió la solicitud de “regular mediante políticas o actos administrativos” cuáles con “las condiciones en las cuales las mujeres pueden acceder a las atenciones relacionadas con el aborto en su sistema de salud”.
Escrito por Daniela Borbon Olaya