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Evacol gana batalla legal: Corte Constitucional rechaza revisión del caso Crocs

¿Una victoria para la industria nacional o una amenaza para la innovación?

La Corte Constitucional de Colombia cerró uno de los litigios más prolongados en el ámbito de la propiedad industrial en el país, al decidir no aceptar la revisión de la tutela que la multinacional Crocs había presentado contra la empresa colombiana Evacol. Con esta decisión, la Corte ratifica los fallos judiciales previos que favorecieron a la compañía nacional, poniendo fin a un conflicto legal que se extendió por casi una década.

El origen del litigio se remonta al año 2016, cuando la multinacional registró en Colombia la marca tridimensional de sus icónicos zuecos. Un año después, la empresa estadounidense demandó a Evacol, acusándola de infringir derechos de propiedad industrial al comercializar productos con diseños similares en tres modelos específicos. En 2019, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) falló inicialmente a favor de Crocs, ordenando a Evacol retirar los productos del mercado y destruir los moldes de fabricación.

Sin embargo, en abril de 2024, el Tribunal Superior de Bogotá revocó esta decisión, argumentando que ambas marcas habían coexistido sin generar confusión entre los consumidores. Según los magistrados, existían diferencias en logotipos, diseño de suelas, sistemas de correa y precios, lo que llevó a confirmar que Evacol no incurría en una violación de derechos de propiedad industrial. Este fallo fue posteriormente ratificado por dos salas de la Corte Suprema de Justicia, que desestimaron los recursos de tutela presentados por Crocs.

En febrero de 2025, el entonces magistrado Vladimir Fernández Andrade solicitó que la Corte Constitucional revisara el caso, acción que fue percibida por los abogados de Evacol como un intento inusual de insistencia en un expediente que ya había sido desestimado. Finalmente, la Corte decidió ejercer su facultad discrecional y no seleccionar el caso para revisión, cerrando así el litigio de manera definitiva.

Esta decisión de la Corte Constitucional ha sido destacada como un ejercicio de transparencia en el proceso de selección de tutelas. Se resalta que el trámite se llevó a cabo de manera objetiva e imparcial, asegurando que el expediente no fuera escogido para revisión. Este acto se percibe como un voto de confianza en la independencia y el rigor jurídico de la Corte.

Además del aspecto legal, el caso Crocs vs. Evacol ha puesto en el centro del debate la actuación del magistrado Vladimir Fernández, quien ha estado envuelto en distintas controversias. Fernández fue mencionado en el caso de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), donde surgieron denuncias sobre presuntas irregularidades en su elección. También pidió suspender la investigación contra el presidente Gustavo Petro en el Consejo Nacional Electoral, lo que generó cuestionamientos sobre su independencia en procesos judiciales.

La resolución final de la Corte Constitucional permite que Evacol continúe con la producción y comercialización de sus zuecos en el mercado colombiano. Con 19 años de trayectoria y más de 400 empleos generados en el país, la empresa vallecaucana mantiene su presencia en la industria del calzado y exporta sus productos a varios países de América Latina. La decisión representa un precedente en la interpretación de los derechos de propiedad industrial en Colombia y destaca la importancia de procesos judiciales imparciales en la coexistencia entre marcas.

Juan Joya