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14 enero, 2026Daneidy Barrera Rojas, conocida en redes sociales como ‘Epa Colombia’, continuará privada de la libertad, luego de que el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá negara tanto la extinción como la redosificación de la condena de cinco años de prisión impuesta por la Corte Suprema de Justicia.
La decisión judicial implica que la influencer seguirá recluida en la Escuela de Carabineros de la Policía Nacional, en Bogotá, donde cumple la sentencia dictada en enero de 2025 por su participación en actos vandálicos durante las protestas del paro nacional de noviembre de 2019, cuando destruyó una estación del sistema TransMilenio.
La solicitud presentada por la defensa se fundamentó en la Ley 2477 de 2025, normativa que promueve la justicia restaurativa como mecanismo para descongestionar el sistema judicial, siempre que se garantice la reparación efectiva de las víctimas. No obstante, el despacho consideró que los requisitos legales no se cumplían plenamente para conceder los beneficios solicitados.
Barrera Rojas fue capturada en enero de 2025 por orden de la Corte Suprema, luego de que el alto tribunal confirmara su responsabilidad penal. Los delitos por los cuales fue condenada incluyen instigación al terrorismo, daño en bien ajeno y obstrucción del transporte público, conductas que, según el juez, revisten especial gravedad.
Dentro de la estrategia jurídica también se incluyó un concepto de la Fundación Faruq Abdala Internacional, entidad que ha manifestado respaldo público a la influencer y que solicitó una revisión integral de la condena, aludiendo a las condiciones personales y de reclusión que enfrentaba Barrera Rojas cuando permanecía en la cárcel El Buen Pastor. Sin embargo, este pronunciamiento no fue considerado suficiente para modificar la pena.
Adicionalmente, a finales de marzo del año pasado, la defensa pidió la aplicación de la ley de utilidad pública, argumentando que la condenada cumplía los requisitos por ser madre cabeza de familia. Esta solicitud también fue descartada, luego de que la entonces ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, precisara que dicha norma no es aplicable, ya que los delitos no están vinculados a necesidades económicas ni a condiciones de vulnerabilidad estructural.
Tras conocerse la determinación del juzgado, la defensa de ‘Epa Colombia’ interpuso recurso de apelación, tanto frente a la negativa de extinguir la pena como a la de recalcular la condena, por lo que será una instancia superior la que revise el alcance jurídico de estas solicitudes.
Mientras se resuelve el recurso, la condena de cinco años se mantiene vigente, y Barrera Rojas deberá continuar cumpliendo la sanción privativa de la libertad, en un proceso que sigue generando debate público sobre los límites de la justicia restaurativa y la proporcionalidad de las penas en casos de alta exposición mediática.
Humberto ´Toto’ Torres




