El Tribunal Administrativo del Magdalena ha declarado el ‘Morro Gaira’, ubicado en la Bahía de Santa Marta, como un bien de uso público, inalienable e imprescriptible, rechazando así una demanda de reparación directa presentada por los herederos de Gustavo Díaz Segovia. Esta decisión evitó que el Estado colombiano tuviera que desembolsar más de $121.000 millones solicitados por los demandantes como indemnización, tras la anulación de resoluciones del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria Incora que otorgaban la propiedad del terreno.
Los herederos de Gustavo Díaz Segovia sostenian que la decisión de declarar el “Morro Gaira” como patrimonio público les ocasionó un fuerte impacto económico, asegurando que esto los había perjudicado gravemente. Además, señalaron que el proceso judicial, que se extendió por más de 22 años, representaba una falla en la administración de justicia. Sin embargo, el tribunal concluyó que no hubo errores legales ni responsabilidad alguna por parte de la Rama Judicial, respaldando la sentencia emitida por el Consejo de Estado en 2016, que había ratificado la naturaleza pública de este bien.
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La actuación de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado fue clave en este caso, defendiendo la posición del Gobierno y subrayando que el “Morro Gaira” no puede ser objeto de apropiación privada. Según César Palomino Cortés, director de la Agencia, esta decisión respalda la normativa vigente y protege un importante patrimonio nacional en beneficio de los colombianos.
El terreno en disputa fue inicialmente adjudicado a Díaz Segovia por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria (Incora) mediante resoluciones que luego fueron anuladas por considerarse contrarias a la ley. Estas decisiones judiciales dejaron claro que el “Morro Gaira” es un bien que pertenece al dominio público, garantizando su uso y conservación para las generaciones actuales y futuras.
Por su parte, los demandantes cuestionaron la anulación de las resoluciones y señalaron que la demora en el proceso representaba una irregularidad. Sin embargo, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica explicó que la duración del caso obedeció a la complejidad del asunto y la congestión judicial, razones que no constituyen una falla en la administración de justicia, según lo determinado por el tribunal.
La decisión del tribunal marca la relevancia en la protección de los bienes de uso público, a tiempo que reafirma el carácter público del morro y establece un precedente en la defensa del patrimonio natural y cultural del país. Con esta resolución, se garantiza que el “Morro Gaira” permanecerá bajo custodia estatal como un espacio público de acceso libre, fortaleciendo el compromiso con la preservación del patrimonio nacional y subrayando la relevancia de respetar y conservar los bienes comunes.
Juan Joya