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El impuesto del 4 X 1000 tendrá cambios

El impuesto del 4×1000 es un tributo que se aplica a diferentes movimientos financieros realizados por los colombianos. Este mecanismo consiste en que por cada mil pesos de una transacción, como retiros, traslados o pagos, se destinarán cuatro pesos al pago de este impuesto.

El dinero recaudado por este impuesto es recolectado por los bancos, pero su destinatario final es el gobierno, por lo que estos recursos forman parte de las cuentas del Estado.

Con la puesta en marcha de la reforma tributaria, este impuesto experimentará un ajuste significativo con el objetivo de aliviar el bolsillo de los usuarios.

En una entrevista en Caracol Radio, el director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), Luis Carlos Reyes, explicó que las cuentas con una actividad mensual inferior a 14.8 millones (350 UVT) quedarán exentas del cobro de este impuesto. Es importante recordar que anteriormente ese límite era de 13.3 millones.

La normativa establece que ya existe una exención para una sola cuenta bancaria marcada. En adelante, los bancos deberán consolidar información entre sí para que la exención aplique sin necesidad de marcar la cuenta.

Es decir, serán los bancos quienes identifiquen cuando un usuario esté excediendo los 350 UVT mensuales en sus movimientos financieros para, en ese momento, cobrar el impuesto.

Según el director de la DIAN, las entidades bancarias tienen un plazo máximo hasta el 13 de diciembre de 2024 para implementar todos los ajustes tecnológicos necesarios.

Esto se hace con el objetivo de que puedan adaptarse a un sistema de información que contemple todos los datos relacionados con las operaciones de los usuarios.

En ese sentido, el artículo 65 de la Ley 2277 de 2022 establece que “hasta que el sistema de información previsto en este artículo no esté en funcionamiento, se seguirá aplicando lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 879 del Estatuto Tributario”.

Por lo tanto, mientras no se implementen los cambios, solo una cuenta se beneficiará de la exención, para lo cual el titular deberá indicarlo por escrito ante la entidad financiera, aclarando que los retiros mensuales no superan el monto máximo establecido.

Escrito por Daniela Borbon Olaya