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27 febrero, 2026¿Cómo se relaciona la fortuna de Scopetta con su rol como operador financiero de los paramilitares?
Darío Alberto Laino Scopetta, conocido en Barranquilla por su apodo “Ojos Azules”, fue durante décadas un empresario de prestigio y socio de exclusivos clubes sociales de la ciudad. De ascendencia italiana, se le vinculó con propiedades de gran extensión, como las haciendas Patio Largo y La España, además de compañías como Agroinversiones Laino y la firma de blindaje de vehículos Blinco. Su figura se movía entre los círculos de poder económico y social de la Costa Caribe, con una reputación de hombre de negocios de finos modales y amplia influencia. Durante años fue considerado un influyente empresario de la élite barranquillera.
Las investigaciones judiciales, sin embargo, lo relacionaron desde hace años con el financiamiento de estructuras paramilitares. Testimonios de exjefes como Salvatore Mancuso señalaron que Laino Scopetta viajó junto a Rodrigo Tovar Pupo, alias “Jorge 40”, para adquirir armas en el mercado negro de Estados Unidos destinadas a grupos armados ilegales. Aunque inicialmente se le procesó como financiador, nunca se le reconoció como miembro orgánico de esas organizaciones. Los testimonios lo ubicaron como pieza clave en el apoyo logístico y financiero de estructuras armadas ilegales.
La reciente decisión del Tribunal Superior de Barranquilla cambia ese panorama. En un fallo de segunda instancia, la justicia lo condenó a 30 años de prisión por el homicidio del abogado Neftalí Romero y su escolta Adalberto Santamaría, asesinados el 12 de mayo de 2001. El tribunal determinó que Laino Scopetta no solo aportaba recursos, sino que ejercía mando directo y ordenaba crímenes específicos, contradiciendo la absolución previa de un juez de primera instancia. La sentencia estableció que ejercía mando directo y ordenaba asesinatos, lo que revocó su absolución inicial.
Romero, de 39 años, era un reinsertado de la Corriente de Renovación Socialista y se dedicaba a denunciar violaciones de derechos humanos. Contaba con protección oficial y un escolta asignado, pero ambos fueron interceptados por sicarios en motocicleta cuando se dirigían a recoger un vehículo oficial en un taller mecánico. El ataque dejó sin vida primero al escolta y luego al abogado, en un hecho que marcó la violencia política de la época. El crimen se convirtió en símbolo de la persecución contra líderes y defensores de derechos humanos.
El fallo recoge declaraciones de integrantes del frente José Pablo Díaz, quienes aseguraron que “el verdadero comandante era Laino Scopetta”. Según los testimonios, el empresario elaboraba listas de personas que debían ser asesinadas y participaba en la planificación de acciones armadas. Estas evidencias llevaron al tribunal a excluirlo de beneficios como la detención domiciliaria y a ordenar su captura inmediata. El tribunal lo señaló como comandante en la sombra y negó cualquier beneficio judicial.
La condena abre la posibilidad de que se revisen otros casos en los que su nombre ha sido mencionado, como el asesinato del profesor Gustavo Alexis Silvestre Sade, miembro de la junta directiva de la empresa Colechera, quien se opuso al control paramilitar de la compañía. Con esta decisión, la justicia colombiana establece un precedente de peso sobre la responsabilidad de actores privados en crímenes cometidos durante el conflicto armado. El fallo sienta un precedente sobre la responsabilidad penal de empresarios vinculados al conflicto armado.
Juan Joya




