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Diferencias por los contratos de trabajo a término fijo e indefinido y otros puntos: Así va la discusión de la reforma laboral en el Senado

En una extensa jornada, la plenaria del Senado continúa la discusión sobre el articulado de la reforma laboral. Cabe recordar que el pasado miércoles se aprobaron varios artículos, tras acogerse a la ponencia mayoritaria liderada por el senador Juan Felipe Lemus, del Partido de La U. Luego de un receso que permitió a la subcomisión analizar más de 300 proposiciones, los congresistas reanudaron el debate y votaron individualmente varios puntos del proyecto.

Durante la jornada fueron aprobados los artículos 2, 5 y 6, sumando un total de 42 artículos avalados hasta el momento, dado que múltiples proposiciones fueron retiradas o dejadas como constancia. Uno de los puntos más relevantes fue el artículo 5, que modifica el artículo 47 del Código Sustantivo del Trabajo, y que regula el contrato laboral a término indefinido. Según el texto aprobado, estos contratos tendrán vigencia mientras subsistan las causas que les dieron origen y la materia del trabajo. Además, se establece que el trabajador o trabajadora podrá terminarlo mediante un preaviso de 30 días calendario, con el fin de que el empleador pueda gestionar su reemplazo. No se permitirá pactar sanciones al trabajador que omita dicho preaviso.

En cuanto al artículo 6, se determinó que los contratos a término fijo podrán celebrarse por un periodo no mayor a cinco años y deberán constar por escrito. Si se pacta por un tiempo inferior a un año, las partes podrán prorrogarlo tantas veces como acuerden por escrito. No obstante, después de la cuarta prórroga, la duración mínima del contrato deberá ser de un año. En ningún caso podrá superarse el límite de cinco años.

Este artículo también contempla que si, con 30 días de anticipación al vencimiento del contrato o de su prórroga, ninguna de las partes manifiesta su intención de darlo por terminado, el contrato se renovará automáticamente por el mismo periodo pactado, sin exceder el límite máximo permitido.

Otro de los avances fue la aprobación del artículo 13, relacionado con las horas extras, con 87 votos a favor y ninguno en contra. Aunque inicialmente se presentaron proposiciones para modificar este artículo, finalmente fueron retiradas.

Según lo aprobado, el empleador deberá entregar al trabajador, si éste lo solicita, un registro detallado de las horas extras laboradas, junto con el soporte de pago correspondiente. También estará obligado a presentar dicho registro ante las autoridades judiciales o administrativas cuando se requiera. De no hacerlo, la autoridad laboral podrá imponer sanciones.

En contraste, otros artículos no prosperaron. El artículo 16, que planteaba la inclusión de un permiso laboral para personas con ciclos menstruales dolorosos o diagnosticadas con endometriosis, fue rechazado. La propuesta fue impulsada por la senadora María José Pizarro y la representante a la Cámara María Fernanda Carrascal.

También fue negado el artículo 17, que proponía el pago de una prima adicional a empleados y empleadores en empresas que reportaran un crecimiento económico superior al 4 % respecto al año anterior.

La reforma continúa su curso legislativo con el objetivo de ser aprobada en su totalidad antes del próximo 20 de junio.

Paola Martínez Burgos