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15 julio, 2025Este martes 15 de julio entró en vigencia un nuevo ajuste en la jornada laboral semanal en Colombia. La reducción, que pasa de 46 a 44 horas semanales, hace parte de la implementación de la Ley 2101 de 2021, aprobada por el Congreso con el objetivo de mejorar el equilibrio entre vida laboral y personal de los trabajadores colombianos.
Para entender las implicaciones de esta medida, Colmundo Radio conversó con la abogada Saida Quintero, directora del Área de Derecho Laboral de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, quien destacó que esta disminución responde a un proceso de implementación gradual que inició en 2023 y culminará en julio de 2026, cuando la jornada se fije en un máximo legal de 42 horas semanales.
¿Qué cambia con esta nueva jornada?
Según explicó Quintero, el cambio no afecta los salarios, es decir, el trabajador debe seguir recibiendo su sueldo mensual habitual, aunque trabaje menos horas a la semana. No obstante, sí hay repercusiones en el cálculo del valor de la hora trabajada, lo cual incrementa el costo de los recargos que se pagan por horas extras, trabajos nocturnos, dominicales y festivos. “La hora de trabajo ahora vale más, porque se divide el mismo salario en menos horas mensuales. Eso impacta directamente en los costos laborales para las empresas”, explicó.
Escucha la entrevista completa en el siguiente enlace:
Preocupación en el sector empresarial
La implementación de esta medida ha generado inquietud en sectores como el comercio y los servicios, representados por gremios como la Federación Nacional de Comerciantes Empresarios (Fenalco), que advierten sobre un impacto negativo especialmente para las micro, pequeñas y medianas empresas. En palabras de Quintero:
“Definitivamente, esta reducción conlleva sobrecostos. Muchas empresas tendrán que pagar más por horas extras o contratar personal adicional para cumplir con los turnos requeridos. Y si a eso le sumamos los nuevos sobrecostos que trae la reciente reforma laboral, como la ampliación de la jornada nocturna o el aumento del recargo dominical, estamos hablando de un reto serio para la sostenibilidad de muchas empresas”.
La experta alertó que esto podría derivar en mayores niveles de informalidad o incluso en el cierre de negocios pequeños que no logren asumir el aumento en sus costos operativos.
¿Qué deben hacer las empresas?
La reducción de la jornada laboral es obligatoria para todos los empleadores, sin distinción por tamaño o sector económico. Solo se exceptúan los trabajadores considerados de dirección, confianza o manejo, y aquellos con salario integral, cuyos contratos no se rigen por la misma normativa en términos de jornada y recargos. Quintero aclaró que si una empresa mantiene una jornada de 46 horas semanales, deberá reconocer dos horas extras obligatorias a partir de esta semana.
Además, las empresas pueden reorganizar sus horarios bajo esquemas de jornadas flexibles, autorizados por la ley, que permiten distribuir las 44 horas semanales en jornadas diarias de hasta 9 horas, siempre que se respete al menos un día de descanso semanal. “El empleador puede notificar el nuevo horario por los medios que considere más adecuados: correo electrónico, circulares internas o reuniones. Solo si se modifica una modalidad previamente pactada, como la jornada flexible, se requeriría un acuerdo adicional al contrato”, indicó.
Esta reducción busca otorgar más tiempo libre a los trabajadores, con la expectativa de mejorar su bienestar y productividad. No obstante, Quintero fue enfática en señalar que esto no siempre se traduce en beneficios económicos para las empresas: “En ciertos sectores administrativos, puede haber una oportunidad para reorganizar tareas y lograr una mayor eficiencia en menos tiempo. Pero en sectores como salud, hotelería, manufactura o comercio, donde se requiere atención continua o producción sostenida, el efecto puede ser el contrario: mayores costos y presión sobre la operación”.
¿Y si no se cumple?
La abogada recordó que, en caso de que un empleador no aplique esta nueva jornada, el trabajador puede presentar una queja ante el Ministerio de Trabajo, que está en la obligación de hacer seguimiento. La ley permite a los empleados denunciar el incumplimiento, incluso de forma anónima. “Esta reducción no está sujeta a la voluntad del empleador. Es obligatoria. Si no se aplica, el trabajador puede exigir su derecho o acudir a las autoridades”, puntualizó.
Finalmente, Quintero señaló que, aunque en países como Argentina o Panamá ya existen jornadas laborales más cortas (36 o 37 horas semanales), Colombia aún debe evaluar cuidadosamente su realidad económica y productiva antes de plantear reducciones más profundas. “No todos los países tienen los mismos niveles de productividad, ingresos o estructura económica. Por eso, aunque estas reformas tienen buena intención, deben ir acompañadas de medidas que favorezcan la competitividad, la formalización y la sostenibilidad empresarial”, concluyó.
Dayineth Isabel Molina Velásquez




