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Corte Suprema mantiene condena de Epa Colombia: ¿cómo se considera la maternidad en el sistema judicial colombiano?

La Corte Suprema de Justicia de Colombia emitió un fallo que ha generado una amplia discusión en la opinión pública al rechazar una acción de tutela presentada por la defensa de Daneidy Barrera Rojas, mejor conocida como “Epa Colombia”. Esta reconocida influencer y empresaria, quien actualmente cumple una condena de más de cinco años de prisión, había solicitado beneficios penitenciarios argumentando su condición de madre cabeza de familia. Barrera permanece privada de la libertad en la cárcel El Buen Pastor de Bogotá desde enero de 2025.

Según lo determinó la decisión de la Sala Civil de la Corte Suprema, la petición fue declarada improcedente debido a que Barrera no se acogió al programa de desarrollo infantil en establecimientos de reclusión, en conformidad con la guía operativa proporcionada por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). Adicionalmente, los delitos por los cuales fue condenada, entre los que se incluyen daño en bien ajeno agravado, perturbación del servicio público de transporte colectivo u oficial, e instigación a delinquir con fines terroristas, complican la posibilidad de que se le otorguen beneficios penitenciarios.

https://www.icbf.gov.co/system/files/procesos/go2.mt1_.pp_guia_operativa_del_servicio_desarrollo_infantil_en_establecimientos_de_reclusion_-_dier_v1.pdf

GUÍA OPERATIVA DEL SERVICIO DESARROLLO INFANTIL EN ESTABLECIMIENTOS DE RECLUSIÓN – DIER – Portal ICBFproceso promociÓn y prevenciÓn guÍa operativa del servicio desarrollo infantil en establecimientos de reclusiÓn go2.mt1.pp 25/11/2024 versión 1 página 1 de 120www.icbf.gov.co

Francisco Bernate, abogado defensor de Barrera, criticó la proliferación de recursos judiciales presentados por terceros que, según él, obstaculizan la implementación de una estrategia legal eficaz. Bernate destacó la complejidad añadida que supone la cantidad de tutelas interpuestas, lo cual, según él, reduce las posibilidades de éxito en el caso. No obstante, en paralelo, el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Bogotá ha iniciado un proceso de recolección de pruebas que podrían permitir la evaluación de posibles alternativas para que Barrera cumpla su condena bajo medidas sustitutivas.

La jueza Ginna Coral Alvarado, a cargo del caso, ha implementado varias disposiciones para avanzar en este proceso. Entre las medidas adoptadas, se incluye la verificación de plazas disponibles para la realización de servicio comunitario en Bogotá, así como la evaluación sociofamiliar del entorno de  Barrera. Además, se está revisando su comportamiento dentro del establecimiento carcelario, con el fin de determinar la posibilidad de redimir parte de su pena por buen comportamiento. Estos pasos buscan determinar si Barrera puede beneficiarse de sanciones como la detención domiciliaria o el cumplimiento de labores comunitarias.

La defensa de Barrera ha resaltado que su cliente no cuenta con antecedentes penales y ha enfatizado que, como madre cabeza de hogar, tiene responsabilidades que deberían ser consideradas por la justicia. Asimismo, han subrayado que Barrera ha mostrado disposición para acogerse a las sanciones sustitutivas que el sistema judicial le pueda imponer. Como parte de esta argumentación, se destacó su iniciativa social “Aprende y Emprende con EPA Colombia”, un programa que tiene como objetivo fomentar la capacitación y el emprendimiento entre sus seguidores.

Sin embargo, las posibilidades de que Barrera obtenga un subrogado penal son limitadas debido a la naturaleza de los delitos cometidos. La legislación colombiana establece restricciones claras para quienes han sido condenados por delitos graves, como la instigación a delinquir con fines terroristas, lo que representa un obstáculo significativo para su defensa. Además, la Corte Suprema subrayó que la gravedad de los actos cometidos por Barrera contrasta con los principios que fundamentan el otorgamiento de beneficios dentro del sistema penitenciario.

El caso de  Barrera Rojas ha suscitado un profundo debate en Colombia sobre diversos temas, como el impacto de la maternidad en las decisiones judiciales y el manejo de figuras públicas dentro del sistema penal. Mientras algunos consideran que su condena es proporcional a los delitos cometidos y refleja la necesidad de garantizar la justicia y prevenir conductas vandálicas, otros argumentan que deberían priorizarse los derechos de los niños y la rehabilitación como ejes fundamentales del sistema penitenciario.

La decisión final sobre el futuro de “Epa Colombia” dependerá de los análisis realizados por el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas, además de lo que establezca la Ley 2292 de 2023, bajo cuya normativa se están llevando a cabo los procedimientos legales. Este caso continúa captando la atención de la opinión pública, planteando interrogantes sobre la proporción de las penas, la implementación de programas de rehabilitación y la manera en que el sistema judicial aborda los casos de madres privadas de la libertad.

Bernate también recalco que el proceso se encuentra en una etapa clave, con la recolección de pruebas ordenada por el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas, el cual decidirá si Barrera podría beneficiarse de la ley de utilidad pública dada su condición de madre lactante y cabeza de hogar. El abogado expresó su confianza en que esta instancia judicial pueda emitir una resolución favorable en los próximos días y señaló que el emprendimiento social de la condenada, “Aprende a emprender con EPA”, forma parte de los argumentos presentados para demostrar su disposición hacia la rehabilitación. Finalmente, Bernate insiste que el rechazo de la tutela por parte de la Corte Suprema no representa una derrota significativa, ya que era un resultado previsible y el proceso aún tiene camino por recorrer.

Juan Joya